COMPETENCIA
Comisión
aprueba adquisición de Telepizza por CVC
La DG de Competencia de la Comisión Europea ha aprobado,
en virtud del Reglamento (CE) 139/2004, del Consejo, de 20 de enero
de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas
("Reglamento comunitario de concentraciones"), la propuesta
de adquisición del control exclusivo de Tele Pizza, una empresa
española del sector de comida rápida, por CVC, empresa
especializada en la gestión de fondos de inversión.
CVC controla diversas empresas en una amplia gama de sectores como
Food Service Project, empresa activa en el mercado informal español
de la restauración. Tele Pizza gestiona una red de restaurantes
de comida rápida con los nombres de Telepizza y Pizza World.
Su principal campo de acción es España, donde opera
directamente a través de tiendas propias o a través
de franquicias de terceros. Tele Pizza también opera en el
servicio a domicilio. La Comisión Europea ha concluido que
la transacción no obstaculizará de forma significativa
la competencia efectiva en el Espacio Económico Europeo (EEE)
o en una parte sustancial del mismo.
Reducción
progresiva incentivos fiscales inversión extranjera
La Dirección General de Competencia de la Comisión
Europea ha acogido con satisfacción la notificación
del Gobierno español de que acepta oficialmente la recomendación
de la Comisión de 22 de marzo de 2006 de eliminar paulatinamente
los incentivos fiscales a las empresas españolas que invierten
en el extranjero de ahora a finales de 2010 a más tardar,
ya que distorsionan la competencia y el comercio en el mercado único.
La aceptación de España concede carácter jurídicamente
vinculante a la supresión de esos incentivos de acuerdo con
las normas sobre ayudas estatales del Tratado CE. La aplicación
incondicional por España de estas medidas eliminará
inmediatamente los efectos más dañinos para el comercio
del régimen de incentivos y reducirá progresivamente
la intensidad a partir de enero de 2007 hasta su supresión
final antes de que finalice 2010.
Fusiones:
adquisición Arcelor por Mittal, bajo condiciones
La DG de Competencia de la Comisión Europea ha autorizado,
de acuerdo con el Reglamento (CE) 139/2004, del Consejo, de 20 de
enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas
("Reglamento comunitario de concentraciones"), la adquisición
de la empresa Arcelor S.A. (Luxemburgo) por Mittal Steel Company
N.V. (Países Bajos), sujeta a condiciones. Ambas empresas
son importantes productores de acero. La Comisión llegó
a la conclusión de que la transacción propuesta no
plantearía problemas de competencia en los mercados del Espacio
Económico Europeo (EEE) para la mayor parte de los productos
siderúrgicos, salvo en el caso de los perfiles pesados, un
tipo específico de producto largo de acero al carbono. Sin
embargo, Mittal ha ofrecido soluciones para paliar las preocupaciones
señaladas por la Comisión. Tras examinarlas, la Comisión
ha concluido que la transacción no obstaculizaría
de forma significativa la competencia efectiva en el Espacio Económico
Europeo o en una parte sustancial del mismo.
El Parlamento Europeo, reunido en Sesión Plenaria en Bruselas,
ha aprobado un Informe de iniciativa de su Comisión de Desarrollo
sobre las pequeñas y medianas empresas en los países
en desarrollo, a través del que solicita políticas,
programas y proyectos de orientación transfronteriza especialmente
diseñados para las PYME,; pide se preste especial atención
a los proyectos empresariales de mujeres; insta a la introducción
progresiva del concepto de responsabilidad social empresarial, a
la creación de asociaciones de PYME para el intercambio y
la actualización de información y conocimientos; insta
a la aplicación de sistemas financieros sólidos y
favorables para las PYME; pide que se concedan incentivos fiscales
a las PYME, especialmente en su fase de puesta en marcha; que se
efectúen reformas reglamentarias destinadas a acelerar y
simplificar los procedimientos de registro, así como a reducir
los requisitos relativos al capital mínimo; la reforma de
los procedimientos judiciales a fin de acelerar la resolución
de conflictos empresariales así como de ejecutar contratos
y defender más eficazmente los derechos de propiedad intelectual.
Comisión
autoriza adquisición de The Body Shop por L’Oréal
La DG de Competencia de la Comisión Europea ha autorizado,
en virtud del Reglamento(CE) 139/2004, del Consejo, de 20 de enero
de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas
("Reglamento comunitario de concentraciones"), el proyecto
de adquisición de la empresa británica, The Body Shop
Internacional PLC por el grupo francés L’Oréal
S.A. The Body Shop ejerce actividades en el mundo entero en el comercio
y la distribución de productos cosméticos a través
de una red de tiendas en propiedad y en franquicia vendiendo sólo
esta marca. L’Oréal opera en la investigación
y el desarrollo , la fabricación, la comercialización,
la distribución y la venta de productos cosméticos
en el mundo entero. Esta operación permitiría a L’Oréal
añadir una marca complementaria con una buena reputación
para los productos cosméticos naturales a su amplia gama
de productos y adquirir una red de tiendas especializadas. La Comisión
Europea ha concluido que la operación no obstaculizaría
de manera significativa la competencia en el Espacio Económico
Europeo (EEE) ni en ninguna parte sustancial del mismo.
Notificación
previa de una operación de concentración
Se ha publicado en el DOUE( C/141/06,16-06-2006) la Notificación
previa de una operación de concentración(Asunto no
COMP/M.4156 — Lactalis/Nestlé) por la cual la empresa
Groupe Lactalis S.A.( Francia) y la empresa Nestlé S.A. (Suiza)
crean una empresa a riesgo compartido mediante la transferencia
de activos. Tras un examen preliminar, la Comisión considera
que la operación notificada podría entrar en el ámbito
de aplicación del Reglamento 139/2004, del Consejo, de 20
de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre
empresas ("Reglamento comunitario de concentraciones .La Comisión
invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones
sobre el proyecto de operación en el plazo de diez días
a partir de la fecha de la publicación.
La
Comisión aprueba la adquisición de Dow por Degussa
La DG de Competencia de la Comisión Europea ha autorizado,
en virtud del Reglamento (CE) 139/2004, del Consejo, de 20 de enero
de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas
("Reglamento comunitario de concentraciones"),el proyecto
de adquisición por la empresa Degusta. AG de The Dow Chemical
Company. Degusta AG es una empresa activa en el desarrollo, producción
y venta de especialidades químicas The Dow Chemical Company
está activa en el sector de los polímeros superabsorbentes
fabricados para el uso de la higiene personal. La Comisión
Europea, después de examinar esta operación ha concluido
que la operación no obstaculizará de manera significativa
la competencia en el Espacio Económico Europeo ni en ninguna
parte sustancial del mismo.
Adquisición
actividad electrónica automóvil por Continental
La DG de Competencia de la Comisión Europea ha autorizado,
en virtud del Reglamento (CE) 139/2004, del Consejo, de 20 de enero
de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas
("Reglamento comunitario de concentraciones"),el proyecto
de adquisición por la empresa Continental AG de la actividad
electrónica automóvil de Motorola. Las dos empresas
producen sistemas electrónicos destinados a los fabricantes
mundiales de automóvil, sistemas que engloban equipos para
comunicación, como las aplicaciones de telefonía móvil
o los sistemas de control electrónico para, por ejemplo,
transmisiones, gestión de carburantes y emisiones. La Comisión
Europea, después de examinar esta operación ha concluido
que la operación no obstaculizará de manera significativa
la competencia en el Espacio Económico Europeo ni en ninguna
parte sustancial del mismo.
Directrices
cálculo multas en infracción normas competencia
La DG de Competencia de la Comisión Europea ha adoptado
nuevas directrices para el cálculo de multas impuestas a
aquellas empresas que infrinjan las normas de competencia, modificando
las aprobadas en 1998. El importe de la multa, en función
de las nuevas directrices, puede alcanzar hasta el 30 por ciento
de las ventas anuales afectadas por la infracción, multiplicado
por el número de años que haya durado. Desde ahora,
las multas serán calculadas sobre un porcentaje del volumen
anual de negocios del sector de actividad de la empresa que comete
la infracción. Estas directrices van a introducir los cambios
siguientes: La Comisión no sólo tendrá en cuenta
sus decisiones anteriores sino igualmente aquellas adoptadas por
las autoridades nacionales sobre competencia en aplicación
del artículo 81 y82 del Tratado CE, el incremento de la multa
por circunstancias agravantes podrá alcanzar el cien por
cien, y toda infracción anterior conllevará un incremento
de la sanción.
Arriba
SOCIEDADES
Evolución
reciente y perspectivas materia derecho sociedades
El Parlamento Europeo, reunido en Sesión Plenaria en
Estrasburgo, ha aprobado un informe de iniciativa sobre la evolución
reciente y las perspectivas en materia de Derecho de sociedades.
El Parlamento aborda cuestiones como la mejora y simplificación
de la legislación, las Pymes, la Gobernanza empresarial o
las últimas propuestas en Derecho de sociedades. En relación
con estos aspectos, pide a la Comisión que explique detalladamente
sus planes para presentar una consolidación completa de las
Directivas sobre Derecho de sociedades en un solo acto legislativo;
subraya que deben suprimirse los obstáculos en materia de
carga administrativa a la que se enfrentan las Pymes; y lamenta
que la Comisión no haya desarrollado una visión clara
de la Gobernanza de las empresas europeas en vez de adoptar medidas
inconexas sobre aspectos dispares. Asimismo, destaca la importancia
de tener en cuenta la jurisprudencia del TJCE sobre el principio
de libertad de establecimiento.
Arriba
CONSUMIDOR
Directiva
utilización inmuebles régimen de tiempo compartido
La DG de Sanidad y Protección de Consumidores de la Comisión
Europea ha lanzado una consulta sobre la Directiva 94/47/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 1994, relativa
a la protección de los adquirentes en lo relativo a determinados
aspectos de los contratos de adquisición de un derecho de
utilización de inmuebles en régimen de tiempo compartido,
al objeto de eliminar las lagunas existentes en la misma, ya que
algunos operadores han colocado nuevos productos análogos
al de régimen de tiempo compartido que están fuera
del campo de aplicación de la directiva. Esta consulta, que
durará nueve semanas , ha sido lanzada paralelamente a un
documento de reflexión que explora una serie de problemas
reglamentarios relacionados con el régimen de tiempo compartido,
que cuenta con la cooperación de los principales grupos de
consumidores y de profesionales del sector.
Mejora
seguridad de las redes y de la información en Europa
La DG de Sociedad de la Información y Medios de Comunicación
de la Comisión Europea ha adoptado una Comunicación
“Una estrategia para una Sociedad de la Información
Segura: Diálogo, Asociación y Poder”al objeto
de concienciar a la población europea sobre la seguridad
de las redes y sensibilizar a los particulares y organizaciones
para que tomen medidas de protección para sus equipos informáticos
y evitar la piratería informática. Entre las propuestas
específicas figuran: la evaluación comparativa de
las políticas nacionales relativas a la seguridad de las
redes y de la información para mejorar el diálogo
entre los poderes públicos, catalogar las mejores prácticas
y aumentar el nivel de sensibilización sobre la seguridad
entre los usuarios finales. Enisa, Agencia Europea de Seguridad
de las Redes y de la Información, se encargará de
establecer un marco apropiado para la recopilación de datos
a fin de tratar los incidentes sobre seguridad y los niveles de
confianza de los consumidores por toda Europa. Más información:
http://www.enisa.eu.int/
El Parlamento Europeo, reunido en Sesión Plenaria en Bruselas,
ha aprobado, en segunda lectura y por procedimiento de codecisión,
con enmiendas, un Informe de su Comisión de Medio Ambiente,
Salud Pública y Seguridad Alimentaria, respecto de la Posición
Común del Consejo con vistas a la adopción del Reglamento
del Parlamento Europeo y del Consejo sobre medicamentos para uso
pediátrico y por el que se modifican el Reglamento (CEE)
nº 1768/92, la Directiva 2001/20/CE, la Directiva 2001/83/CE
y el Reglamento (CE) nº 726/2004. El nuevo Reglamento pretende
incentivar a la industria farmacéutica para que investigue
y desarrolle medicinas infantiles, con el objetivo de mejorar la
salud y la calidad de vida de los niños de la UE. El nuevo
Reglamento entrará en vigor en enero de 2007.
Seguridad
personal sanitario ante las heridas por jeringuillas
El Parlamento Europeo, reunido en Sesión Plenaria en
Bruselas, ha decidido aplazar hasta la próxima sesión
plenaria el voto del informe sobre la transmisión de infecciones
por agujas de jeringuillas. El aplazamiento se aprobó tras
someterlo a votación del Presidente. El informe pide una
mayor protección de los profesionales sanitarios en la UE
contra las infecciones causadas por heridas con jeringuillas. Los
diputados quieren reducir la cifra de personas que sufre cada año
lesiones por agujas con la introducción de medidas de prevención
obligatorias, y señalan que las prácticas realizadas
en España y Alemania pueden servir de base para una propuesta
legislativa.
Arriba
FORMACIÓN
Y CONSULTAS
Simposio:
legislacion europea sobre insolvencia
La Academia de Derecho Europea (ERA) tiene previsto celebrar
un seminario sobre la Ley Europea de Insolvencia, los días
18, 19 y20 de septiembre de 2006 con la colaboración de CCBE
(Consejo de la Abogacía Europea).Entre los ponentes cabe
señalar la intervención de Jesús Bores Lazo,
abogado (Bores y Cia Abogados, Sevilla), Patricia Godfrey (Directora
del Grupo de Insolvencia y Reestructuración Nabarro Nathanson,
Londres) y Timo Esko (Juez del Tribunal Supremo de Finlandia). A
lo largo de este seminario se abordarán temas como la introducción
y el alcance de la aplicación de la ley sobre insolvencia
europea, la ley aplicable, casos de jurisprudencia, se analizará
la Directiva 2001/17/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa
al saneamiento y a la liquidación de las compañías
de seguros y la Directiva 2001/24/CE del Parlamento Europeo y el
Consejo relativa al saneamiento y a la liquidación de las
entidades de crédito. A este evento acudirá la abogacía
europea especializada en la materia.
Audiencia
pública: política comunitaria en materia de patentes
La DG de Mercado Interior y Servicios de la Comisión
Europea tiene previsto celebrar una audiencia pública sobre
la futura política europea en materia de patentes que tendrá
lugar el próximo día 12 de julio en Bruselas. Esta
audiencia constituye la segunda etapa de la consulta pública
lanzada en enero de 2006 con el objeto de agrupar las opiniones
de las partes interesadas sobre el sistema europeo de patentes y
de llevar a cabo medidas para mejorar el sistema. La audiencia tendrá
como base los primeros resultados de la consulta y participarán
las partes interesadas que se expresarán sobre las cuestiones
planteadas por la consulta de la Comisión. Tras los temas
debatidos se dará paso a un debate abierto y a una presentación
sobre el valor de las patentes. El Presidente de la Oficina Europea
de Patentes, el profesor Alain Pompidou, tomará también
la palabra en el transcurso de la audiencia. Charlie McCreevy, comisario
encargado de Mercado Interior y Servicios de la Comisión
Europea, clausurará la conferencia.
La Academia de Derecho Europea (ERA), dentro del programa cursos
de verano, tiene previsto organizar en Trier (Alemania), de los
días 3 al 7 de julio, con la colaboración de la Unión
Europea, una conferencia sobre el derecho fiscal europeo . Entre
los ponentes cabe destacar la profesora Teresa Soler (Universidad
de Alicante y Miembro del Consejo Académico de IBFD, Ámsterdam)
y Jens Schröder (Oficina Europea Antifraude, del la Comisión
Europea, Bruselas). Se abordarán temas como los impuestos
directos e indirectos, la normativa sobre el IVA, el derecho fiscal
internacional y se expondrán casos de la jurisprudencia del
Tribunal De Justicia de las Comunidades Europeas. El seminario reunirá
a abogados, universitarios, economistas auditores y en general profesionales
y expertos en la materia.
Derecho
europeo de familia y de sucesiones
La Academia de Derecho Europeo (ERA) tiene previsto celebrar
un seminario sobre ‘Los cambios recientes en el Derecho europeo
de familia y de sucesiones’, los días 25 y 26 de septiembre,
en Tréveris (Alemania). Entre los ponentes, figuran miembros
del Parlamento Europeo y de la Comisión Europea. A lo largo
del seminario se abordarán, entre otros temas, la responsabilidad
parental, el nuevo reglamento Bruselas II y el Convenio de la Haya
de 1996 sobre Protección Internacional de los Derechos del
Niño y se comentarán casos transfronterizos en materia
de sucesión.
Identificación
por radiofrecuencias: consulta en línea
La DG de Sociedad de la Información y Medios de Comunicación
de la Comisión Europea ha lanzado una consulta pública
en línea, que constituye la segunda fase de una iniciativa
que tiene como objetivo garantizar que el uso de los dispositivos
de identificación por radiofrecuencia, mejora la competitividad
de la economía europea y la calidad de vida de sus ciudadanos,
salvaguardando al mismo tiempo sus derechos fundamentales, y en
particular, el derecho a la intimidad. A través de esta consulta,
se invita a las partes interesadas a responder a un cuestionario
antes del diecisiete de septiembre de 2006. En una conferencia final
que tendrá lugar en octubre de 2006, se expondrán
las conclusiones y la Comisión Europea presentará
una evaluación de los resultados. Más información:
EB 315,9/2006.
Arriba
MERCADO
INTERIOR
Auditoría legal de las cuentas
anuales y consolidadas
Se ha publicado en el DOUE (9.6.2006-L 157 / 87) la Directiva
2006/43/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de mayo de
2006 relativa a la auditoría legal de las cuentas anuales
y de las cuentas consolidadas, por la que se modifican las Directivas
78/660/CEE y 83/349/CEE del Consejo y se deroga la Directiva 84/253/CEE
del Consejo.
La DG de Mercado Interior y Servicios de la Comisión Europea
ha lanzado un llamamiento al objeto de contribuir a la transparencia
en los mercados obligatorios y de instrumentos financieros, y poder
realizar un estudio. Se trata de determinar en qué medida
sería conveniente introducir a nivel europeo nuevas exigencias
de transparencia ex ante y ex post negociación para las operaciones
que establecen categorías de instrumentos financieros como
las obligaciones y los valores. La Comisión Europea tiene
previsto tratar de manera prioritaria los mercados obligatorios
así como los mercados derivados asociados y otros mercados
de relevancia. Las respuestas a esta consulta servirán para
redactar un informe que la Comisión Europea debe trasladar
al Consejo de Ministros y al Parlamento Europeo para finales del
mes de octubre de 2007. Las partes interesadas, ya sean empresas
o particulares, pueden contribuir con su opinión debiendo
emitir su s respuestas antes del 15 de septiembre de 2006.
Lucha
contra la falsificación y el contrabando de cigarrillos
La DG de Asuntos Administrativos, Auditoría y Lucha contra
el Fraude de la Comisión Europea, Philip Morris International,
Inc y 24 Estados miembros, forman parte de un acuerdo para luchar
contra la falsificación y el contrabando de cigarrillos.
Entre los principales elementos de este acuerdo destacan los protocolos
de control y de seguimiento que han permitido a la Oficina Europea
De Lucha Contra el Fraude (OLAF) y a los Estados miembros reconstituir
el itinerario seguido para el contrabando de cigarros, desde la
fábrica hasta llegar a los contrabandistas. Este acuerdo
se configura como medio eficaz para luchar contra el contrabando
de cigarrillos. La Comisión Europea espera que sirva de modelo
a los otros fabricantes. Más información: EB N°
245, 25/2004
Estrategia
europea coherente contra el fraude fiscal
La DG de Fiscalidad y Unión Aduanera de la Comisión
Europea ha adoptado una Comunicación sobre la necesidad de
desarrollar una estrategia coordinada para luchar contra el fraude
fiscal, al objeto de reflexionar con todas las partes interesadas
sobre una estrategia europea de lucha contra el fraude fiscal, problema
cada vez más preocupante que los Estados miembros no pueden
tratar de forma aislada. Entre las propuestas de la Comisión
Europea, cabe destacar: una mejora en la cooperación administrativa
entre los Estados miembros, un nuevo acercamiento comunitario de
la cooperación con terceros países, reflexionar sobre
modificaciones del sistema actual del IVA. Asimismo, propone la
utilización de métodos informáticos estandarizados
y eficaces que permitan un intercambio rápido de información.
Mercado instrumentos financieros: aplicación directiva MIFID
El Parlamento Europeo, reunido en Sesión Plenaria en
Estrasburgo, ha adoptado una resolución sobre el proyecto
de medidas de ejecución de la MiFID (Directiva relativa a
los mercados de instrumentos financieros).El PE considera que la
adopción de la Directiva 2004/39/CE por codecisión
confiere al Parlamento un papel integral a la hora de determinar
en qué deberían consistir y no consistir las medidas
de ejecución y destaca que el proyecto de las mismas constituye
una solución viable para lograr los objetivos de unas mejores
condiciones de funcionamiento para las sociedades de inversión
y otras plataformas comerciales así como de unos mercados
financieros eficaces, transparentes y seguros en la Unión
Europea. Más información: EB N°311,05/2006
Mercados
de valores mobiliarios
La DG de Mercado Interior y Servicio de la Comisión Europea
ha nombrado a los veinte miembros que formarán parte del
grupo europeo de expertos en los mercados de valores mobiliarios
que asistirá a la Comisión Europea. El grupo se encargará
de analizar la coherencia jurídica del marco reglamentario
europeo aplicable a los mercados de valores mobiliarios, de detectar
las incertidumbres jurídicas que dificultan el buen funcionamiento
de estos mercados desde el punto de vista de sus usuarios y de la
comunidad de actores organizados y elaborará recomendaciones
para evitar las mismas. Además, el grupo de expertos ayudará
a la Comisión Europea a realizar informes sobre la aplicación
de las diferentes disposiciones de la Directiva sobre los Mercados
de Instrumentos Financieros, de la Directiva sobre Prospectos, de
la Directiva sobre el abuso de mercado y de la Directiva sobre Transparencia.
Asimismo, analizará el impacto de económico de las
mismas. La creación del grupo de expertos constituye un elemento
esencial del programa “Legislar mejor”, en lo que se
refiere a los instrumentos financieros.
Mercado
europeo de financiación del crédito hipotecario
La DG de Mercado Interior y Servicios de la Comisión
Europea ha seleccionado un grupo de expertos que se encargará
de examinar los obstáculos que impiden las actividades transfronterizas
sobre los mercados de financiación del crédito hipotecario
y de proponer soluciones que permitan facilitar la integración.
El grupo de expertos se reunirá varias veces en 2006 y establecerá
un informe de sus conclusiones.
Código
de conducta documentación precios de transferencia
El Consejo de la UE ha aprobado la Resolución del Consejo
relativa a un Código de conducta sobre la documentación
relacionada con los precios de transferencia exigida de las empresas
asociadas en la UE, con el objetivo de simplificar las condiciones
relativas a los precios de transferencia para las actividades transfronterizas.
En dicha resolución el Consejo reconoce que un tratamiento
común en la UE con respecto a los requisitos de documentación
es beneficioso tanto para los contribuyentes, ya que se reducen
los costes de cumplimiento y el riesgo de sanciones relacionadas
con la documentación, como para las Administraciones tributarias,
debido a una mayor transparencia y coherencia. Asimismo, subraya
que el Código de Conducta constituye un compromiso político
y no afecta a los derechos y obligaciones de los Estados miembros
ni a los ámbitos de competencia respectivos de los Estados
miembros y de la Comunidad resultantes del Tratado.
Procedimiento
de infracción contra España
La DG de Mercado Interior y Servicios de la Comisión
Europea ha enviado a España un dictamen motivado, segunda
fase del procedimiento de infracción, a causa de las restricciones
legislativas en lo que respecta al establecimiento de farmacias,
contrarias a la libertad de establecimiento y a la libre circulación
de capitales. Las restricciones que han provocado el procedimiento
de infracción son las normas de planificación territorial;
los criterios utilizados en los procedimientos de concesión
de autorizaciones administrativas, ya que tienen un carácter
discriminatorio, y las normas de propiedad, excesivas respecto al
requisito legítimo de garantizar que las relaciones entre
los pacientes y la farmacia corran a cargo exclusivamente de profesionales
cualificados en farmacia, ya que el cumplimiento de dicho requisito
no requiere restricciones en cuanto a la propiedad o la acumulación
de propiedad de las farmacias.
Mejora
legislación UE para fondos de inversión
La DG de Mercado Interior y Servicios de la Comisión
Europea ha publicado tres informes sectoriales que analizan los
principales desafíos a los que deben hacer frente diferentes
segmentos del sector europeo de los fondos de inversión.
En primer lugar, en el informe sobre la eficacia del mercado de
los fondos de inversión, se sugiere a la UE la realización
de mejoras y modificaciones en relación a la Directiva sobre
determinados organismos de inversión colectiva en valores
mobiliarios (OICVM). Asimismo, un informe sobre los fondos especulativos
señala la necesidad de suprimir los obstáculos a la
inversión institucional en dichos fondos y a la prestación
de servicios de apoyo tranfronterizos esenciales para los gestores
de fondos especulativos. Por último, en el informe de los
fondos de capital e inversión se invita a los Estados miembros
a utilizar de manera eficaz los instrumentos fiscales y reglamentarios
necesarios para propiciar estos fondos. Estos informes se debatirán
con los Estados miembros y los organismos de regulación durante
la celebración de una audiencia pública que tendrá
lugar el día 19 de julio de 2006 en Bruselas.
Denuncia
contra España por legislación de matrices y filiales
La Comisión Europea ha enviado a España un dictamen
motivado, segunda fase del procedimiento de infracción, por
considerar su legislación sobre matrices y filiales contraria
a Derecho comunitario. La Directiva 90/435/CEE sobre matrices y
filiales obliga a los Estados miembros a eximir de la retención
en el origen a los beneficios distribuidos por una sociedad filial
a la sociedad matriz de otro Estado miembro. Sin embargo, con arreglo
a la legislación española, se aplica una retención
en origen a los dividendos distribuidos por una filial española
a una sociedad matriz de otro Estado miembro si ésta es propiedad
de una sociedad de un país tercero, incluso cuando la sociedad
matriz cumple las condiciones de la Directiva sobre matrices y filiales.
Si España no modifica su legislación en el plazo de
dos meses, la Comisión podrá denunciarle ante el TJCE.
España
ante TJCE por legislación impuesto aportaciones capital
La Comisión Europea ha decidido denunciar a España
ante el TJCE en relación con diversas vulneraciones de la
Directiva relativa al impuesto sobre las aportaciones de capital.
España no ha modificado su legislación a pesar del
requerimiento oficial realizado a tal efecto por la Comisión
el 13 de julio de 2005. La Directiva relativa al impuesto sobre
las aportaciones de capital establece normas destinadas a facilitar
la reorganización de sociedades y el traslado de sus sedes.
Por otra parte, le ha enviado un requerimiento oficial para que
modifique la forma en que se aplican las tasas de inscripción
de los aumentos de capital en el registro mercantil. La Comisión
considera que dichos gastos no se ajustan a la Directiva relativa
al impuesto sobre las aportaciones de capital, ya que no se calculan
sobre la base del coste del servicio prestado.
Arriba
LICITACIONES
Energía
inteligente para Europa
Se ha publicado en DOUE (C/130, 03-06-2006), una convocatoria
de propuestas para el programa de trabajo de 2006 «Energía
Inteligente para Europa»,a través de la Agencia Ejecutiva
Energía Inteligente para Europa (IEEA) con el objetivo de
apoyar las políticas de la Unión Europea en el campo
del desarrollo sostenible de la energía. El plazo de la convocatoria
finaliza el 31 de octubre de 2006 para todas las acciones.
Convocatoria
de propuestas programa Atlantis
Se ha publicado en el DOUE (C 128/12, 01-06-2006), un aviso
de publicación de una convocatoria de propuestas en Internet
(DG EAC/36/2006 ) para la cooperación en educación
superior y formación profesional entre la UE y los EEUU en
el marco del programa ATLANTIS (Actions for Transatlantic Links
and Academic Networks in Training and Integrated Studies) cuyo objetivo
es fomentar un mejor entendimiento y una mayor interacción
entre los pueblos de los Estados miembros de la UE y de los EEUU.,
incluido un conocimiento más amplio de sus lenguas, culturas
e instituciones, y mejorar la calidad de la educación superior
y de la formación y educación profesional en los mismos,
todo ello a través de becas de movilidad para estudiantes
y personal docente y de proyectos y actividades multilaterales entre
la UE y EEUU. Podrán presentar solicitudes de financiación
las instituciones de educación superior y de formación
y educación profesional y organismos u organizaciones de
enseñanza, empresas privadas, grupos industriales o empresariales,
organizaciones no gubernamentales, institutos de investigación
y organismos profesionales establecidos en uno de los 25 países
de la Unión Europea. El plazo de presentación de las
solicitudes a la Comisión finalizará el 7 de julio
de 2006.
Calidad
en educación y formación profesionales
Se ha publicado en el DOUE (C 144/13, 20-06-2006), la convocatoria
de propuestas DG EAC 32/06 para la concesión de ayudas para
el desarrollo y la coordinación de proyectos prácticos
que fomenten la utilización del marco común de aseguramiento
de la calidad en educación y formación profesionales.
El principal objetivo de la presente convocatoria consiste en fomentar
la utilización del marco común de aseguramiento de
la calidad y la creación de asociaciones transnacionales
sólidas y sostenibles en y entre los países. El plazo
de envío de las solicitudes a la Comisión finaliza
el 16 de agosto de 2006.
Sistemas créditos en la enseñanza y la formación
profesionales
Se ha publicado en el DOUE (C144/14,20-06-2006), la convocatoria
de propuestas DG EAC 33/06 para la concesión de subvenciones
para la promoción y la coordinación de proyectos de
desarrollo de los sistemas de créditos en la enseñanza
y la formación profesionales (ECVET). El objetivo de esta
convocatoria es conceder subvenciones a unas diez propuestas relativas
a la organización de actividades para la creación
o el fortalecimiento de asociaciones, consorcios o plataformas comunes
y acciones experimentales destinadas a apoyar la cooperación
transnacional a fin de llevar a la práctica el sistema ECVET
en beneficio de diversos públicos. Las solicitudes deberán
enviarse a la Comisión el 16 de agosto del 2006 como muy
tarde.
Convocatoria
propuestas. Subvenciones energía y transportes
Se ha publicado en el DOUE (C145/06,21-06-2006), la convocatoria
de propuestas SUB 02-2006 para la obtención de subvenciones
para proyectos dirigidos a promover los objetivos de la política
de energía y transportes. Igualmente, se ha publicado en
el DOUE (C147/07,23-06-2006), la convocatoria de propuestas SUB
01 2006 para la obtención de subvenciones para la realización
de varias conferencias dirigidas a promover la política de
energía y transportes y, en especial, las prioridades políticas
fijadas en el programa de trabajo de 2006. El plazo para el envío
de solicitudes en ambos casos finaliza el 16 de agosto de 2006.
Convocatoria de propuestas programa Argo 2006
Se ha publicado en el DOUE (C-156/9, 5-7-2006), la convocatoria
de propuestas ARGO 2006, que tiene como objetivo apoyar la cooperación
administrativa en el ámbito de las políticas de asilo,
inmigración y cruce de las fronteras exteriores. Las acciones
financiadas incluyen formación, intercambio de personal,
o la creación de puntos de información y páginas
de Internet. El plazo para la presentación de propuestas
finaliza el día 4 de septiembre de 2006.
Acción
preparatoria en favor de víctimas de actos terroristas
La Comisión Europea ha publicado la convocatoria de propuestas
“Acción preparatoria en favor de las víctimas
de actos terroristas (2006)”. Uno de los objetivos de esta
convocatoria es mejorar, de preferencia en el ámbito comunitario,
el asesoramiento jurídico a las víctimas y a sus familiares
(incluido el acceso a la información sobre la posibilidad
de solicitar una indemnización). Asimismo, se financian acciones
de cooperación, formación o difusión de mejores
prácticas entre profesionales u organizaciones de ayuda a
las víctimas. El proyecto debe incluir al menos a tres Estados
miembros. El plazo para la presentación de propuestas finaliza
el 5 de septiembre de 2006. Más información en la
siguiente página de Internet http://ec.europa.eu/justice_home/funding/victims_terrorism/funding_victims_terrorism_en.htm
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JURISPRUDENCIA
Marca
comunitaria
El Tribunal de Primera de Instancia de las Comunidades Europeas
(Sala Tercera) ha dictado Sentencia de 31 de mayo de 2006 en el
asunto T-15/05(Wim De Waele/Ofici)na de Armonización del
Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) (OAMI)), en virtud
un recurso interpuesto contra la resolución de la Primera
Sala de Recurso de la OAMI, relativa al registro como marca comunitaria
de un signo tridimensional constituido por la forma de una salchicha.
El demandante presentó una solicitud de marca comunitaria
ante la OAMI, cuyo registro consistía en la forma de una
salchicha. Mediante resolución el examinador desestimó
parcialmente la solicitud. El demandante solicita al Tribunal de
Primera Instancia la revocación y anulación parcial
de la resolución impugnada. El TPI considera que el aspecto
torneado de la marca solicitada es sólo ligeramente más
acentuado que el de otros productos de charcutería y, dado
que las demás características no son en absoluto inhabituales,
no basta para dar a la forma del continente en cuestión un
aspecto global suficientemente específico que permita al
consumidor percibir dicha forma sin ambigüedad como una indicación
del origen de los productos de que se trate aun cuando no existan
formas idénticas, no permitirá al público interesado
distinguir, sin efectuar un análisis o una comparación
y sin dedicar una atención muy especial, la charcutería
envasada por éste de las de otras empresas. Por todo lo anterior,
el TPI decide desestimar el recurso y condenar en costas al demandante.
Derecho
reagrupación familiar nacionales de terceros países
El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (Gran Sala),
ha dictado sentencia de 27 de junio de 2006 en el asunto C-540/03(Parlamento
Europeo/Consejo de la Unión Europea), que tiene por objeto
la anulación del artículo 4, apartados 1, último
párrafo, y 6, y del artículo 8 de la Directiva 2003/86/CE
del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre el derecho a la
reagrupación familiar. El Parlamento afirma que las disposiciones
impugnadas no respetan los derechos fundamentales, especialmente
el derecho a la vida familiar y el derecho a la no discriminación,
tal y como se garantizan en el Convenio Europeo para la Protección
de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, firmado
en Roma el 4 de noviembre de 1950. El Consejo señala, por
el contrario, que la Directiva deja a los Estados miembros un margen
de maniobra que les permite mantener o adoptar disposiciones nacionales
compatibles con el respeto de los derechos fundamentales. El TJCE
ha decidido desestimar el recurso ya que no cabe afirmar que la
Directiva menoscabe el derecho fundamental del respeto de la vida
familiar, la obligación de tener en cuenta el interés
mejor del menor o el principio de no discriminación por razón
de la edad, ni como tal ni por autorizar expresa o tácitamente
a los Estados miembros a obrar en ese sentido.
TJCE
anula decisión comisión supresión régimen
fiscal Bélgica
El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (Sala Segunda)
ha dictado sentencia de 22 de junio de 2006, en los asuntos acumulados
C-182/03 y C-217/03 (Reino de Bélgica y Forum 187 asbl/Comisión
de las Comunidades Europeas) que tiene por objeto la anulación
de la Decisión 2003/757/CE de la Comisión, de 17 de
febrero de 2003, relativa al régimen de ayudas ejecutado
por Bélgica en favor de los centros de coordinación
allí establecidos. Bélgica estableció un régimen
fiscal ventajoso, excepcional al Derecho común, por lo que
respecta a los centros de coordinación. La posibilidad de
beneficiarse de dicho régimen está supeditada a la
autorización previa e individual del centro, para la cual
debe formar parte de un grupo multinacional y cumplir determinados
requisitos relativos a su capital, sus reservas y su volumen de
negocios. Este régimen fiscal de los centros de coordinación
fue examinado por la Comisión que consideró que dicho
régimen no contenía ningún elemento de ayuda
de Estado por lo que adoptó una decisión en la que
obliga a Bélgica a suprimir el régimen fiscal de los
centros de coordinación o a modificarlo a fin de hacerlo
compatible con el mercado común. En cuanto a los centros
ya autorizados antes del 31 de diciembre de 2000, el régimen
podría mantenerse hasta el final del plazo de la autorización
individual vigente en la fecha de la notificación de la presente
Decisión, y como máximo hasta el 31 de diciembre de
2010. Bélgica y asbl Forum 187, un órgano que representa
a los centros de coordinación en Bélgica, solicitan
al TJCE la anulación de la Decisión de la Comisión
invocando la infracción del artículo 88CE, la vulneración
de los principios de la protección de la confianza legítima
y de igualdad así como en falta de motivación. El
TJCE considera que la Decisión conduce a tratar de manera
diferente a centros de coordinación. Al no adoptar medidas
transitorias por lo que respecta a los centros de coordinación
cuya autorización expiraba, la Comisión ha vulnerado
el principio general de igualdad. Por ello, el TJCE anula la Decisión
de la Comisión en la medida en que no prevé medidas
transitorias.
Abogado
General. Registro solvencia no contrario competencia
El Abogado General del TJCE ha presentado sus conclusiones en
el asunto C-238/05 (ASNEF-EQUIFAX, Servicios de Información
sobre Solvencia y Crédito, S.L., y Administración
del Estado contra Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios
(AUSBANC)) señalando que el Tratado CE debe interpretarse
en el sentido de que un acuerdo de intercambio de información
entre entidades financieras, sobre la situación de solvencia
y morosidad de sus clientes que establece condiciones no discriminatorias
en materia de acceso al sistema y de su utilización por los
operadores activos en el mercado de crédito, no restringe,
en principio, la competencia. El asunto plantea dos cuestiones,
1° dilucidar si un Registro de este tipo entra dentro del ámbito
de aplicación del artículo 81 CE y, 2° en su caso,
si puede ser autorizado por las autoridades de un Estado miembro
en virtud de dicho artículo. Para el Abogado General, mientras
todos los operadores determinen de manera autónoma la política
que se propongan seguir en el mercado común y las condiciones
que tengan intención de reservar a sus clientes, el establecimiento
de un registro como el previsto en el presente caso no planteará
problemas desde el punto de vista del Derecho de la competencia.
Asimismo, añade, los eventuales problemas relativos a la
sensibilidad de los datos de carácter personal pueden resolverse
mediante otros instrumentos como la legislación en materia
de protección de datos. Precisa que, de una manera u otra,
es necesario comunicar a los deudores que están registrados
y concederles el derecho de verificar y, en su caso, de hacer que
se corrijan. Este punto, precisa, parece resuelto, teniendo en cuenta
la legislación española relativa al mismo. Por último,
para el Abogado General importa que la incidencia global sobre los
consumidores sea beneficiosa.
El TJCE ha dictado sentencia de 4 de julio de 2006 en el asunto
C-212/04(Konstantinos Adeneler y otros/Ellinikos Organismos Galaktos
(ELOG), interpretando el acuerdo marco sobre el trabajo de duración
determinada y consolidando la protección de los trabajadores.
El TJCE establece en la sentencia que la utilización de contratos
de trabajo de duración determinada sucesivos debe ajustarse
a unos requisitos estrictos, incluso en el sector público.
El origen de la sentencia es una petición de decisión
prejudicial que tiene por objeto la interpretación de la
Directiva 1999/70/CE, relativa al Acuerdo marco sobre el trabajo
de duración determinada. El TJCE considera que el Acuerdo
marco impide aplicar una normativa nacional que, sólo en
el sector público, prohíbe absolutamente transformar
en contrato de trabajo por tiempo indefinido una sucesión
de contratos de duración determinada que han tenido por objeto,
de hecho, hacer frente a necesidades permanentes y duraderas del
empleador y deben considerarse abusivos, siempre y cuando el ordenamiento
jurídico interno del Estado miembro no contenga ninguna medida
efectiva para evitar y sancionar, en su caso, la utilización
abusiva de sucesivos contratos de duración determinada. El
TJCE precisa que no respeta la finalidad protectora del Acuerdo
marco una utilización sucesiva de contratos de trabajo de
duración determinada cuya única justificación
radique en haber sido establecida por una disposición legal
o reglamentaria general de un Estado miembro. Así pues, el
concepto de «razones objetivas» requiere que existan
factores concretos, derivados principalmente de la actividad de
que se trate y de las condiciones en que ésta se desarrolla.
El TJCE ha declarado que en el supuesto de adaptación tardía
del ordenamiento jurídico de un Estado miembro a una directiva
cuyas disposiciones pertinentes carecen de efecto directo, los tribunales
nacionales están obligados a interpretar su Derecho interno
en la medida de lo posible a la luz de la letra y de la finalidad
de la directiva.
Concepto
de discapacidad en la legislación comunitaria
El TJCE ha dictado sentencia en el asunto C-13/05 (Sonia Chacón
Navas contra Eurest Colectividades, S.A.), pronunciándose
por primera vez sobre el concepto de discapacidad a efectos de la
Directiva sobre igualdad de trato en el empleo y la ocupación.
El TJCE especifica en su sentencia las modalidades de protección
de las personas discapacitadas en materia de despido. Para el TJCE,
una persona que ha sido despedida por su empresario exclusivamente
a causa de una enfermedad no está incluida en el marco general
establecido por la Directiva para luchar contra la discriminación
por motivos de discapacidad. Asimismo, por lo que respecta a la
protección de las personas discapacitadas en materia de despido,
el TJCE declara que la Directiva se opone a un despido por motivos
de discapacidad que, habida cuenta de la obligación de realizar
los ajustes razonables para las personas con discapacidad, no se
justifique por el hecho de que la persona en cuestión no
sea competente o no esté capacitada o disponible para desempeñar
las tareas fundamentales del puesto de que se trate. Por último,
el TJCE estima que la enfermedad en cuanto tal no puede considerarse
un motivo que venga a añadirse a aquellos otros motivos en
relación con los cuales la Directiva prohíbe toda
discriminación.
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ENLACES
Consejo General de la Abogacía Española
http://www.cgae.es
Portal genérico
Europa: http://europa.eu.int/index-es.htm
Principales instituciones
Parlamento Europeo: http://www.europarl.eu.int/home/default_es.htm
Comisión Europea: http://europa.eu.int/comm/index_es.htm
Oficina de Representación en España: http://europa.eu.int/spain/organizacion/index.htm
Consejo de la UE: http://ue.eu.int/es/summ.htm
Comité Económico y Social: http://www.ces.eu.int/
Tribunal de Justicia de las Comunidades: http://curia.eu.int/es/index.htm
Defensor del Pueblo Europeo: http://www.euro-ombudsman.eu.int/
Tribunal de Cuentas Europeo http://www.eca.eu.int/
Comité de las Regiones: http://www.cor.eu.int/es/index.html
Banco Europeo de Inversiones http://www.bei.org/
Banco Central Europeo http://www.ecb.int/
Servicios sobre Derecho Comunitario
EURLEX: http://europa.eu.int/eur-lex/es/index.html
Oficina de Publicaciones Oficiales de la Comunidad Europea: http://eudor.eur-op.eu.int
CELEX http://europa.eu.int/celex
DOCE: http://europa.eu.int/eur-lex/es/oj/index.html
SCAD PLUS: http://europa.eu.int/scadplus/scad_es.htm
Tratados Consolidados: http://europa.eu.int/abc/obj/treaties/es/estoc.htm
IDEA, Anuario Electrónico de las Instituciones de la U.E.:
http://158.169.50.70/idea/es/index.htm
Información sobre licitaciones públicas:
General: http://publications.eu.int/general/es/index_es.htm
Diario Oficial Serie S (recomienda utilizar Netscape): http://ted.eur-op.eu.int/static/home/es/homepage.ini
Otras organizaciones profesionales europeas:
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