COMUNITARIO
 

CGAEEsta sección ha sido elaborada a partir de la información del boletín Europa en Breve que realiza Julen Fernández Conte y Constanza Anchústegui Resusta (bruselas@cgae.es) de la Delegación en Bruselas del Consejo General de la Abogacía Española, en colaboración con la Délégation des Barreaux de France (dbf@dbfbruxelles.com) y la Deutscher Anwaltverein (bruessel@anwaltverein.de)
 
 
BOLETÍN (Hasta la semana del 29 de julio de 2006)
 
TRIBUNA NJBOSCH
 Abuso de mercado por Patricia Sendino Gómez

 ÍNDICE
 
JUSTICIA E INTERIOR COMPETENCIA SOCIEDADES
 
CONSUMIDOR FORMACIÓN Y CONSULTAS MERCADO INTERIOR
 
LICITACIONES JURISPRUDENCIA ENLACES
 

JUSTICIA E INTERIOR Mandato europeo de obtención de pruebas
Los Ministros de Justicia e Interior de la UE han alcanzado un acuerdo sobre el establecimiento de un mandato europeo que permita obtener de forma automática las pruebas ya existentes en los procesos penales abiertos en cualquiera de los Estados miembros. El objetivo de esta propuesta es establecer un mecanismo para facilitar la obtención de pruebas a nivel transfronterizo basado en el reconocimiento de principios mutuos. El mandato de obtención de pruebas estará centrado en aquellos objetos, documentos y datos específicos que pudieran ser necesarios en el Estado de expedición para los procedimientos criminales u otros que pudieran llevarse ante un Tribunal Penal. La Comisión Europea formulará una propuesta para la adopción de un segundo instrumento que cubra otro tipo de pruebas.

Derecho procesal en procedimientos criminales
Los Ministros de Justicia e Interior de la UE han llevado a cabo un intercambio de impresiones sobre cuestiones de base legal y ha acordado continuar trabajando de acuerdo con el compromiso adquirido por la presidencia en base a los siguientes principios: se establecen los estándares mínimos y no hay límite superior de derechos. En consecuencia los Estados miembros sólo establecerán los derechos de mayor envergadura para los sospechosos en los procedimientos criminales, habrá plena conformidad con los derechos establecidos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos y en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Los ámbitos de los estándares mínimos comunes propuestos por la presidencia son: derecho a la información, derecho a obtener la asistencia legal necesaria, derecho a la interpretación y derecho a la traducción de documentos del procedimiento para las personas sujetas a procedimientos criminales.

Transferencia de personas condenadas
Los Ministros de Justicia e Interior de la UE han examinado dos cuestiones relativas a una propuesta de Decisión marco sobre la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales que en materia penal impongan deber de custodia o medidas privativas de libertad: el consentimiento de la persona condenada y el emitido por parte del Estado de ejecución a la anticipación del fallo. El principal objetivo es establecer casos en los que el consentimiento del Estado no resulte necesario y limitar la necesidad de consentimiento de la persona en cuestión.

Régimen simplificado de control de personas en fronteras
Los Ministros de Justicia e Interior de la UE han adoptado una decisión por la cual se introduce un régimen simplificado de reconocimiento unilateral, por parte de los nuevos Estados miembros, de algunos documentos expedidos por otros Estados miembros para el desplazamiento de nacionales de terceros países en su territorio y con obligación de tener un visado. Esta Decisión se dirige a la República Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia. EL Consejo UE ha adoptado también otra decisión por la cual se establece un régimen de reconocimiento unilateral por los Estados miembros del permiso de residencia expedido por Suiza y Liechtenstein a los nacionales de terceros países con obligación de tener un visado equivalente a su visado nacional o uniforme para su tránsito.

Proceso monitorio europeo
Los Ministros de Justicia e Interior de la UE han adoptado un acuerdo sobre el reglamento que establece un procedimiento monitorio europeo que simplificará y acelerará los procesos relativos a las reclamaciones de cantidad en casos transfronterizos y que reducirá los costes. El reglamento se aplicará a casos transfronterizos y asuntos civiles y comerciales, sea cual sea la naturaleza del juzgado o tribunal, cuando el valor de la reclamación no exceda de dos mil euros, excluyendo intereses, gastos y desembolsos. Esta normativa no será aplicable, en particular, a los impuestos, los derechos de aduana o asuntos administrativos ni a la responsabilidad del Estado por actos y omisiones en el ejercicio de su soberanía. El Reglamento no regulará las materias relativas al estatus o capacidad legal de las personas físicas y la pensión alimenticia; derechos de propiedad en relaciones extramatrimoniales; testamento y sucesiones; quiebra, liquidación de sociedades insolventes o personas jurídicas; convenios judiciales, procesos de arreglos y análogos; seguridad social, arbitraje; derecho del trabajo, multipropiedad, con excepción de las acciones sobre reclamaciones dinerarias y finalmente la violación a la intimidad y a los derechos de la persona, incluyendo la difamación.

Sanciones penales en legislacion europea: PE y TJCE
El Parlamento Europeo, reunido en Sesión Plenaria en Estrasburgo, ha aprobado el Informe presentado por su Comisión de Asuntos Jurídicos, sobre las consecuencias de la sentencia del Tribunal de Justicia de 13 de septiembre de 2005 (Asunto C-176/03 Comisión contra Consejo). En su resolución, el Parlamento Europeo señala que la sentencia aclara que para la determinación del fundamento jurídico de un acto jurídico debe tomarse en consideración el objetivo y contenido del propio acto. El PE ha señalado la necesidad de definir una estrategia política coherente en cuanto a la aplicación de sanciones penales en la legislación europea y subraya que las disposiciones penales adoptadas deben ser coherentes entre ellas. Recuerda que es asimismo importante respetar el equilibrio jurídico conseguido en el nivel nacional en materia penal e insta a proceder de forma mesurada a la inserción en los textos comunitarios de las disposiciones penales necesarias para asegurar la eficacia del Derecho comunitario, cualquiera que sea su naturaleza, hace un llamamiento a este respecto en pro de una cooperación más estrecha con los Parlamentos nacionales. Más información: EB N° 294,31/2005 y EB N° 296,33/2005.

Próximos pasos en el período de reflexión
El Parlamento Europeo, reunido en Sesión Plenaria en Estrasburgo, ha aprobado el proyecto de propuesta de resolución presentada por su Comisión de Asuntos Constitucionales sobre los próximos pasos para el período de reflexión y análisis sobre el futuro de Europa, de cara a la cumbre del Consejo Europeo de los días 15 y16 de junio de 2006, celebrada en Bruselas. El PE pide al Consejo Europeo que pase del período de reflexión a un período de análisis con el fin de alcanzar una propuesta clara sobre la manera de proceder con el Tratado Constitucional a más tardar en el segundo semestre de 2007 y que obtenga compromisos claros de cada uno de los Estados miembros sobre la manera en que prevén intensificar el debate público sobre el futuro de Europa. Pide también a la Comisión Europea que ajuste su Plan D para la segunda fase del período de reflexión y que proporcione financiación suficiente para las actividades previstas.

Cumplimiento de condena y traslado personas condenadas
El Parlamento Europeo, reunido en Sesión Plenaria en Estrasburgo, ha aprobado mediante procedimiento de consulta, el Informe presentado por su Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior, sobre la iniciativa de la República de Austria, la República de Finlandia y el Reino de Suecia con vistas a la adopción de una Decisión marco del Consejo sobre la orden europea de cumplimiento de condena y el traslado de personas condenadas entre los Estados miembros de la Unión Europea. En su primera enmienda establece que la Propuesta de Decisión marco del Consejo versará sobre la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de sentencias en asuntos penales que imponen penas de prisión o medidas de privación de libertad a los efectos de su ejecución en la Unión Europea. En su enmienda trigésimo primera dispone que se comunicará a las víctimas del delito la existencia de una solicitud de reconocimiento y de traslado de la ejecución de la pena, así como el resultado del procedimiento, incluida la orden de traslado de la persona condenada del Estado de emisión al Estado de ejecución. Más información: EB 286,23/2005.

Informe derechos fundamentales
La Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior del Parlamento Europeo se ha reunido para debatir el informe elaborado por la Red de Expertos Independientes en Derechos Fundamentales de la UE, presentado por el Profesor Olivier de Schutter, en el cual se analizan las novedades en materia de derechos fundamentales. Una de las principales críticas a los países de la UE hace referencia a las deportaciones de personas a países donde existe riesgo de tortura o maltrato. El informe destaca igualmente que algunos países han adoptado sus propias estrategias nacionales para luchar contra la discriminación. En cuanto a España, el Informe critica cuestiones como la detención incomunicada, la lucha contra pornografía infantil, la publicación en el BOE del nombre de los solicitantes de asilo, el acceso a asistencia jurídica y lingüística de inmigrantes, el acceso de las comunidades gitanas a la vivienda, empleo y educación o el incremento de sentimientos racistas tras los atentados del 11-M. Apunta también como cuestiones positivas el incremento de mujeres trabajadoras, las medidas en contra de la violencia doméstica y la labor en desarrollo sobre cuestiones de inmigración.

Cooperación Olaf con autoridades judiciales nacionales
La Oficina Europea de Lucha Antifraude (OLAF) ha celebrado la cuarta conferencia de fiscales con el objetivo de examinar el marco práctico y jurídico de la cooperación de la Oficina Europea de Lucha Antifraude con las autoridades judiciales nacionales. Entre los asuntos abordados cabe destacar el papel de OLAF en los procedimientos penales nacionales, la posibilidad de que las conclusiones de los informes de investigación del OLAF sirvan como prueba en las acciones judiciales dentro del conjunto de Estados miembros de la Unión Europea, la posibilidad de que los jueces nacionales se impliquen en los trabajos del Comité consultivo para la coordinación en el ámbito de la lucha contra el fraude (COCOLAF) y que la Comisión pueda consultar las cuestiones relativas a la prevención y persecución de los fraudes a nivel comunitario. En dicha conferencia participaron numerosos fiscales antifraude de los Estados miembros de la UE y de los países candidatos.

Nuevos pasaportes biométricos
La DG de Justicia, Libertad y Seguridad de la Comisión Europea ha adoptado la segunda parte de las especificaciones técnicas necesarias para la introducción de los identificadores biométricos en los pasaportes de los ciudadanos de la UE, que permitirá una fácil identificación de su titular y protegerá contra las usurpaciones de identidad. La Comisión Europea ha definido en el Reglamento CE 2252/2004, del Consejo, de 13 de diciembre de 2004, sobre normas para las medidas de seguridad y datos biométricos en los pasaportes y documentos de viaje expedidos por los Estados miembros, algunas normas de seguridad comunes que incluyen los identificadores biométricos. Más información: EB N° 264 ,1/2005, EB N° 228, 8/2004,EB N° 273, 10/2005.

Información sobre el ordenante de transferencia de fondos
El Parlamento Europeo ha aprobado, en primera lectura de codecisión, la propuesta de Reglamento relativo a la información sobre los ordenantes que acompaña a las transferencias de fondos. El objetivo de la propuesta es reducir el riesgo de blanqueo de dinero mediante el envío de información sobre el ordenante de una transferencia de fondos. Esta información se pondrá a disposición de las autoridades que necesiten realizar el seguimiento de un pago concreto, que esté relacionado con el terrorismo o con actividades delictivas.

Notificación y traslado de documentos
El Parlamento Europeo, reunido en Sesión Plenaria en Estrasburgo, ha aprobado, en primera lectura de codecisión, la propuesta de Reglamento relativo a la notificación y al traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil. La propuesta, que modifica el anterior Reglamento (CE) nº 1348/2000, busca mejorar y acelerar la transmisión y notificación o traslado de documentos entre Estados miembros. Para ello, se fija un plazo máximo de un mes para la notificación o el traslado (el texto anterior hablaba únicamente de “en el más breve plazo posible”) y permite que el documento esté redactado en una lengua que el destinatario entienda sin exigir que además sea una lengua del Estado miembro de transmisión.

Proceso monitorio europeo
La Comisión ha publicado una Comunicación acerca de la Posición común adoptada por el Consejo con vistas a la adopción de un Reglamento por el que se establece un proceso monitorio europeo. La propuesta tiene por objeto instaurar un mecanismo uniforme, rápido y eficaz para el cobro de las deudas pecuniarias no impugnadas en todo el territorio de la UE. El Parlamento Europeo se pronunció en primera lectura de codecisión en diciembre de 2005 y el Consejo de la UE adoptó su posición común en junio de 2006. El nuevo texto aprobado restringe el ámbito de aplicación a los litigios transfronterizos (en los que al menos una de las partes tiene su domicilio o su residencia habitual en un Estado miembro distinto del Estado miembro del órgano jurisdiccional que conoce del litigio). La posición común del Consejo se ha negociado con el Parlamento Europeo, por tanto, el Parlamento, en principio, no pedirá ninguna modificación en segunda lectura.

Vuelos de la CIA. Violación de derechos humanos
El Parlamento Europeo ha aprobado su informe sobre los supuestos vuelos y secuestros de la CIA en Europa señalando que considera inverosímil que los Gobiernos europeos no tuvieran conocimiento de las entregas extraordinarias que se desarrollaban en su territorio. Asimismo, sobre la base de las pruebas presentadas por la comisión temporal, denuncia que, en algunos casos, la CIA y otros servicios de los EE.UU. han sido directamente responsables del rapto, el traslado, el secuestro y la detención de sospechosos de terrorismo en el territorio de los Estados miembros y de los países en vías de adhesión y candidatos, así como de la entrega extraordinaria, entre otros, de ciudadanos o residentes europeos. El Parlamento manifiesta su preocupación porque en numerosas ocasiones se han violado de manera grave e inadmisible los derechos humanos. La comisión temporal continuará durante seis meses.

Legislación aprobada en materia de terrorismo
Un año después de los ataques terroristas de Londres, la Comisión Europea ha presentado una nota con la legislación adoptada en materia de lucha contra el terrorismo así como las propuestas, comunicaciones e informes aprobados en este ámbito. La nota abarca las medidas judiciales, ayuda a las víctimas, fronteras o financiación del terrorismo. El documento establece asimismo una lista de los textos que faltan por aprobar.

Protección a los menores
La Comisión ha adoptado una Comunicación en la que propone una estrategia europea global para promover y proteger eficazmente los derechos del niño en el marco de las políticas internas y externas de la UE y apoyar los esfuerzos desplegados en este ámbito por los Estados miembros. En el marco de los objetivos estratégicos 2005-2009, la Comisión ya había señalado como prioridad la lucha contra la explotación económica y otro tipo de abusos a menores.

Arriba

COMPETENCIA Comisión aprueba adquisición de Telepizza por CVC
La DG de Competencia de la Comisión Europea ha aprobado, en virtud del Reglamento (CE) 139/2004, del Consejo, de 20 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas ("Reglamento comunitario de concentraciones"), la propuesta de adquisición del control exclusivo de Tele Pizza, una empresa española del sector de comida rápida, por CVC, empresa especializada en la gestión de fondos de inversión. CVC controla diversas empresas en una amplia gama de sectores como Food Service Project, empresa activa en el mercado informal español de la restauración. Tele Pizza gestiona una red de restaurantes de comida rápida con los nombres de Telepizza y Pizza World. Su principal campo de acción es España, donde opera directamente a través de tiendas propias o a través de franquicias de terceros. Tele Pizza también opera en el servicio a domicilio. La Comisión Europea ha concluido que la transacción no obstaculizará de forma significativa la competencia efectiva en el Espacio Económico Europeo (EEE) o en una parte sustancial del mismo.

Reducción progresiva incentivos fiscales inversión extranjera
La Dirección General de Competencia de la Comisión Europea ha acogido con satisfacción la notificación del Gobierno español de que acepta oficialmente la recomendación de la Comisión de 22 de marzo de 2006 de eliminar paulatinamente los incentivos fiscales a las empresas españolas que invierten en el extranjero de ahora a finales de 2010 a más tardar, ya que distorsionan la competencia y el comercio en el mercado único. La aceptación de España concede carácter jurídicamente vinculante a la supresión de esos incentivos de acuerdo con las normas sobre ayudas estatales del Tratado CE. La aplicación incondicional por España de estas medidas eliminará inmediatamente los efectos más dañinos para el comercio del régimen de incentivos y reducirá progresivamente la intensidad a partir de enero de 2007 hasta su supresión final antes de que finalice 2010.

Fusiones: adquisición Arcelor por Mittal, bajo condiciones
La DG de Competencia de la Comisión Europea ha autorizado, de acuerdo con el Reglamento (CE) 139/2004, del Consejo, de 20 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas ("Reglamento comunitario de concentraciones"), la adquisición de la empresa Arcelor S.A. (Luxemburgo) por Mittal Steel Company N.V. (Países Bajos), sujeta a condiciones. Ambas empresas son importantes productores de acero. La Comisión llegó a la conclusión de que la transacción propuesta no plantearía problemas de competencia en los mercados del Espacio Económico Europeo (EEE) para la mayor parte de los productos siderúrgicos, salvo en el caso de los perfiles pesados, un tipo específico de producto largo de acero al carbono. Sin embargo, Mittal ha ofrecido soluciones para paliar las preocupaciones señaladas por la Comisión. Tras examinarlas, la Comisión ha concluido que la transacción no obstaculizaría de forma significativa la competencia efectiva en el Espacio Económico Europeo o en una parte sustancial del mismo.

El Parlamento Europeo, reunido en Sesión Plenaria en Bruselas, ha aprobado un Informe de iniciativa de su Comisión de Desarrollo sobre las pequeñas y medianas empresas en los países en desarrollo, a través del que solicita políticas, programas y proyectos de orientación transfronteriza especialmente diseñados para las PYME,; pide se preste especial atención a los proyectos empresariales de mujeres; insta a la introducción progresiva del concepto de responsabilidad social empresarial, a la creación de asociaciones de PYME para el intercambio y la actualización de información y conocimientos; insta a la aplicación de sistemas financieros sólidos y favorables para las PYME; pide que se concedan incentivos fiscales a las PYME, especialmente en su fase de puesta en marcha; que se efectúen reformas reglamentarias destinadas a acelerar y simplificar los procedimientos de registro, así como a reducir los requisitos relativos al capital mínimo; la reforma de los procedimientos judiciales a fin de acelerar la resolución de conflictos empresariales así como de ejecutar contratos y defender más eficazmente los derechos de propiedad intelectual.

Comisión autoriza adquisición de The Body Shop por L’Oréal
La DG de Competencia de la Comisión Europea ha autorizado, en virtud del Reglamento(CE) 139/2004, del Consejo, de 20 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas ("Reglamento comunitario de concentraciones"), el proyecto de adquisición de la empresa británica, The Body Shop Internacional PLC por el grupo francés L’Oréal S.A. The Body Shop ejerce actividades en el mundo entero en el comercio y la distribución de productos cosméticos a través de una red de tiendas en propiedad y en franquicia vendiendo sólo esta marca. L’Oréal opera en la investigación y el desarrollo , la fabricación, la comercialización, la distribución y la venta de productos cosméticos en el mundo entero. Esta operación permitiría a L’Oréal añadir una marca complementaria con una buena reputación para los productos cosméticos naturales a su amplia gama de productos y adquirir una red de tiendas especializadas. La Comisión Europea ha concluido que la operación no obstaculizaría de manera significativa la competencia en el Espacio Económico Europeo (EEE) ni en ninguna parte sustancial del mismo.

Notificación previa de una operación de concentración
Se ha publicado en el DOUE( C/141/06,16-06-2006) la Notificación previa de una operación de concentración(Asunto no COMP/M.4156 — Lactalis/Nestlé) por la cual la empresa Groupe Lactalis S.A.( Francia) y la empresa Nestlé S.A. (Suiza) crean una empresa a riesgo compartido mediante la transferencia de activos. Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento 139/2004, del Consejo, de 20 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas ("Reglamento comunitario de concentraciones .La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de operación en el plazo de diez días a partir de la fecha de la publicación.

La Comisión aprueba la adquisición de Dow por Degussa
La DG de Competencia de la Comisión Europea ha autorizado, en virtud del Reglamento (CE) 139/2004, del Consejo, de 20 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas ("Reglamento comunitario de concentraciones"),el proyecto de adquisición por la empresa Degusta. AG de The Dow Chemical Company. Degusta AG es una empresa activa en el desarrollo, producción y venta de especialidades químicas The Dow Chemical Company está activa en el sector de los polímeros superabsorbentes fabricados para el uso de la higiene personal. La Comisión Europea, después de examinar esta operación ha concluido que la operación no obstaculizará de manera significativa la competencia en el Espacio Económico Europeo ni en ninguna parte sustancial del mismo.

Adquisición actividad electrónica automóvil por Continental
La DG de Competencia de la Comisión Europea ha autorizado, en virtud del Reglamento (CE) 139/2004, del Consejo, de 20 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas ("Reglamento comunitario de concentraciones"),el proyecto de adquisición por la empresa Continental AG de la actividad electrónica automóvil de Motorola. Las dos empresas producen sistemas electrónicos destinados a los fabricantes mundiales de automóvil, sistemas que engloban equipos para comunicación, como las aplicaciones de telefonía móvil o los sistemas de control electrónico para, por ejemplo, transmisiones, gestión de carburantes y emisiones. La Comisión Europea, después de examinar esta operación ha concluido que la operación no obstaculizará de manera significativa la competencia en el Espacio Económico Europeo ni en ninguna parte sustancial del mismo.

Directrices cálculo multas en infracción normas competencia
La DG de Competencia de la Comisión Europea ha adoptado nuevas directrices para el cálculo de multas impuestas a aquellas empresas que infrinjan las normas de competencia, modificando las aprobadas en 1998. El importe de la multa, en función de las nuevas directrices, puede alcanzar hasta el 30 por ciento de las ventas anuales afectadas por la infracción, multiplicado por el número de años que haya durado. Desde ahora, las multas serán calculadas sobre un porcentaje del volumen anual de negocios del sector de actividad de la empresa que comete la infracción. Estas directrices van a introducir los cambios siguientes: La Comisión no sólo tendrá en cuenta sus decisiones anteriores sino igualmente aquellas adoptadas por las autoridades nacionales sobre competencia en aplicación del artículo 81 y82 del Tratado CE, el incremento de la multa por circunstancias agravantes podrá alcanzar el cien por cien, y toda infracción anterior conllevará un incremento de la sanción.

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SOCIEDADES Evolución reciente y perspectivas materia derecho sociedades
El Parlamento Europeo, reunido en Sesión Plenaria en Estrasburgo, ha aprobado un informe de iniciativa sobre la evolución reciente y las perspectivas en materia de Derecho de sociedades. El Parlamento aborda cuestiones como la mejora y simplificación de la legislación, las Pymes, la Gobernanza empresarial o las últimas propuestas en Derecho de sociedades. En relación con estos aspectos, pide a la Comisión que explique detalladamente sus planes para presentar una consolidación completa de las Directivas sobre Derecho de sociedades en un solo acto legislativo; subraya que deben suprimirse los obstáculos en materia de carga administrativa a la que se enfrentan las Pymes; y lamenta que la Comisión no haya desarrollado una visión clara de la Gobernanza de las empresas europeas en vez de adoptar medidas inconexas sobre aspectos dispares. Asimismo, destaca la importancia de tener en cuenta la jurisprudencia del TJCE sobre el principio de libertad de establecimiento.

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CONSUMIDOR Directiva utilización inmuebles régimen de tiempo compartido
La DG de Sanidad y Protección de Consumidores de la Comisión Europea ha lanzado una consulta sobre la Directiva 94/47/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 1994, relativa a la protección de los adquirentes en lo relativo a determinados aspectos de los contratos de adquisición de un derecho de utilización de inmuebles en régimen de tiempo compartido, al objeto de eliminar las lagunas existentes en la misma, ya que algunos operadores han colocado nuevos productos análogos al de régimen de tiempo compartido que están fuera del campo de aplicación de la directiva. Esta consulta, que durará nueve semanas , ha sido lanzada paralelamente a un documento de reflexión que explora una serie de problemas reglamentarios relacionados con el régimen de tiempo compartido, que cuenta con la cooperación de los principales grupos de consumidores y de profesionales del sector.

Mejora seguridad de las redes y de la información en Europa
La DG de Sociedad de la Información y Medios de Comunicación de la Comisión Europea ha adoptado una Comunicación “Una estrategia para una Sociedad de la Información Segura: Diálogo, Asociación y Poder”al objeto de concienciar a la población europea sobre la seguridad de las redes y sensibilizar a los particulares y organizaciones para que tomen medidas de protección para sus equipos informáticos y evitar la piratería informática. Entre las propuestas específicas figuran: la evaluación comparativa de las políticas nacionales relativas a la seguridad de las redes y de la información para mejorar el diálogo entre los poderes públicos, catalogar las mejores prácticas y aumentar el nivel de sensibilización sobre la seguridad entre los usuarios finales. Enisa, Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información, se encargará de establecer un marco apropiado para la recopilación de datos a fin de tratar los incidentes sobre seguridad y los niveles de confianza de los consumidores por toda Europa. Más información: http://www.enisa.eu.int/

El Parlamento Europeo, reunido en Sesión Plenaria en Bruselas, ha aprobado, en segunda lectura y por procedimiento de codecisión, con enmiendas, un Informe de su Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria, respecto de la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre medicamentos para uso pediátrico y por el que se modifican el Reglamento (CEE) nº 1768/92, la Directiva 2001/20/CE, la Directiva 2001/83/CE y el Reglamento (CE) nº 726/2004. El nuevo Reglamento pretende incentivar a la industria farmacéutica para que investigue y desarrolle medicinas infantiles, con el objetivo de mejorar la salud y la calidad de vida de los niños de la UE. El nuevo Reglamento entrará en vigor en enero de 2007.

Seguridad personal sanitario ante las heridas por jeringuillas
El Parlamento Europeo, reunido en Sesión Plenaria en Bruselas, ha decidido aplazar hasta la próxima sesión plenaria el voto del informe sobre la transmisión de infecciones por agujas de jeringuillas. El aplazamiento se aprobó tras someterlo a votación del Presidente. El informe pide una mayor protección de los profesionales sanitarios en la UE contra las infecciones causadas por heridas con jeringuillas. Los diputados quieren reducir la cifra de personas que sufre cada año lesiones por agujas con la introducción de medidas de prevención obligatorias, y señalan que las prácticas realizadas en España y Alemania pueden servir de base para una propuesta legislativa.

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FORMACIÓN Y CONSULTAS Simposio: legislacion europea sobre insolvencia
La Academia de Derecho Europea (ERA) tiene previsto celebrar un seminario sobre la Ley Europea de Insolvencia, los días 18, 19 y20 de septiembre de 2006 con la colaboración de CCBE (Consejo de la Abogacía Europea).Entre los ponentes cabe señalar la intervención de Jesús Bores Lazo, abogado (Bores y Cia Abogados, Sevilla), Patricia Godfrey (Directora del Grupo de Insolvencia y Reestructuración Nabarro Nathanson, Londres) y Timo Esko (Juez del Tribunal Supremo de Finlandia). A lo largo de este seminario se abordarán temas como la introducción y el alcance de la aplicación de la ley sobre insolvencia europea, la ley aplicable, casos de jurisprudencia, se analizará la Directiva 2001/17/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al saneamiento y a la liquidación de las compañías de seguros y la Directiva 2001/24/CE del Parlamento Europeo y el Consejo relativa al saneamiento y a la liquidación de las entidades de crédito. A este evento acudirá la abogacía europea especializada en la materia.

Audiencia pública: política comunitaria en materia de patentes
La DG de Mercado Interior y Servicios de la Comisión Europea tiene previsto celebrar una audiencia pública sobre la futura política europea en materia de patentes que tendrá lugar el próximo día 12 de julio en Bruselas. Esta audiencia constituye la segunda etapa de la consulta pública lanzada en enero de 2006 con el objeto de agrupar las opiniones de las partes interesadas sobre el sistema europeo de patentes y de llevar a cabo medidas para mejorar el sistema. La audiencia tendrá como base los primeros resultados de la consulta y participarán las partes interesadas que se expresarán sobre las cuestiones planteadas por la consulta de la Comisión. Tras los temas debatidos se dará paso a un debate abierto y a una presentación sobre el valor de las patentes. El Presidente de la Oficina Europea de Patentes, el profesor Alain Pompidou, tomará también la palabra en el transcurso de la audiencia. Charlie McCreevy, comisario encargado de Mercado Interior y Servicios de la Comisión Europea, clausurará la conferencia.

La Academia de Derecho Europea (ERA), dentro del programa cursos de verano, tiene previsto organizar en Trier (Alemania), de los días 3 al 7 de julio, con la colaboración de la Unión Europea, una conferencia sobre el derecho fiscal europeo . Entre los ponentes cabe destacar la profesora Teresa Soler (Universidad de Alicante y Miembro del Consejo Académico de IBFD, Ámsterdam) y Jens Schröder (Oficina Europea Antifraude, del la Comisión Europea, Bruselas). Se abordarán temas como los impuestos directos e indirectos, la normativa sobre el IVA, el derecho fiscal internacional y se expondrán casos de la jurisprudencia del Tribunal De Justicia de las Comunidades Europeas. El seminario reunirá a abogados, universitarios, economistas auditores y en general profesionales y expertos en la materia.

Derecho europeo de familia y de sucesiones
La Academia de Derecho Europeo (ERA) tiene previsto celebrar un seminario sobre ‘Los cambios recientes en el Derecho europeo de familia y de sucesiones’, los días 25 y 26 de septiembre, en Tréveris (Alemania). Entre los ponentes, figuran miembros del Parlamento Europeo y de la Comisión Europea. A lo largo del seminario se abordarán, entre otros temas, la responsabilidad parental, el nuevo reglamento Bruselas II y el Convenio de la Haya de 1996 sobre Protección Internacional de los Derechos del Niño y se comentarán casos transfronterizos en materia de sucesión.

Identificación por radiofrecuencias: consulta en línea
La DG de Sociedad de la Información y Medios de Comunicación de la Comisión Europea ha lanzado una consulta pública en línea, que constituye la segunda fase de una iniciativa que tiene como objetivo garantizar que el uso de los dispositivos de identificación por radiofrecuencia, mejora la competitividad de la economía europea y la calidad de vida de sus ciudadanos, salvaguardando al mismo tiempo sus derechos fundamentales, y en particular, el derecho a la intimidad. A través de esta consulta, se invita a las partes interesadas a responder a un cuestionario antes del diecisiete de septiembre de 2006. En una conferencia final que tendrá lugar en octubre de 2006, se expondrán las conclusiones y la Comisión Europea presentará una evaluación de los resultados. Más información: EB 315,9/2006.

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MERCADO INTERIOR Auditoría legal de las cuentas anuales y consolidadas
Se ha publicado en el DOUE (9.6.2006-L 157 / 87) la Directiva 2006/43/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de mayo de 2006 relativa a la auditoría legal de las cuentas anuales y de las cuentas consolidadas, por la que se modifican las Directivas 78/660/CEE y 83/349/CEE del Consejo y se deroga la Directiva 84/253/CEE del Consejo.

La DG de Mercado Interior y Servicios de la Comisión Europea ha lanzado un llamamiento al objeto de contribuir a la transparencia en los mercados obligatorios y de instrumentos financieros, y poder realizar un estudio. Se trata de determinar en qué medida sería conveniente introducir a nivel europeo nuevas exigencias de transparencia ex ante y ex post negociación para las operaciones que establecen categorías de instrumentos financieros como las obligaciones y los valores. La Comisión Europea tiene previsto tratar de manera prioritaria los mercados obligatorios así como los mercados derivados asociados y otros mercados de relevancia. Las respuestas a esta consulta servirán para redactar un informe que la Comisión Europea debe trasladar al Consejo de Ministros y al Parlamento Europeo para finales del mes de octubre de 2007. Las partes interesadas, ya sean empresas o particulares, pueden contribuir con su opinión debiendo emitir su s respuestas antes del 15 de septiembre de 2006.

Lucha contra la falsificación y el contrabando de cigarrillos
La DG de Asuntos Administrativos, Auditoría y Lucha contra el Fraude de la Comisión Europea, Philip Morris International, Inc y 24 Estados miembros, forman parte de un acuerdo para luchar contra la falsificación y el contrabando de cigarrillos. Entre los principales elementos de este acuerdo destacan los protocolos de control y de seguimiento que han permitido a la Oficina Europea De Lucha Contra el Fraude (OLAF) y a los Estados miembros reconstituir el itinerario seguido para el contrabando de cigarros, desde la fábrica hasta llegar a los contrabandistas. Este acuerdo se configura como medio eficaz para luchar contra el contrabando de cigarrillos. La Comisión Europea espera que sirva de modelo a los otros fabricantes. Más información: EB N° 245, 25/2004

Estrategia europea coherente contra el fraude fiscal
La DG de Fiscalidad y Unión Aduanera de la Comisión Europea ha adoptado una Comunicación sobre la necesidad de desarrollar una estrategia coordinada para luchar contra el fraude fiscal, al objeto de reflexionar con todas las partes interesadas sobre una estrategia europea de lucha contra el fraude fiscal, problema cada vez más preocupante que los Estados miembros no pueden tratar de forma aislada. Entre las propuestas de la Comisión Europea, cabe destacar: una mejora en la cooperación administrativa entre los Estados miembros, un nuevo acercamiento comunitario de la cooperación con terceros países, reflexionar sobre modificaciones del sistema actual del IVA. Asimismo, propone la utilización de métodos informáticos estandarizados y eficaces que permitan un intercambio rápido de información.

Mercado instrumentos financieros: aplicación directiva MIFID
El Parlamento Europeo, reunido en Sesión Plenaria en Estrasburgo, ha adoptado una resolución sobre el proyecto de medidas de ejecución de la MiFID (Directiva relativa a los mercados de instrumentos financieros).El PE considera que la adopción de la Directiva 2004/39/CE por codecisión confiere al Parlamento un papel integral a la hora de determinar en qué deberían consistir y no consistir las medidas de ejecución y destaca que el proyecto de las mismas constituye una solución viable para lograr los objetivos de unas mejores condiciones de funcionamiento para las sociedades de inversión y otras plataformas comerciales así como de unos mercados financieros eficaces, transparentes y seguros en la Unión Europea. Más información: EB N°311,05/2006

Mercados de valores mobiliarios
La DG de Mercado Interior y Servicio de la Comisión Europea ha nombrado a los veinte miembros que formarán parte del grupo europeo de expertos en los mercados de valores mobiliarios que asistirá a la Comisión Europea. El grupo se encargará de analizar la coherencia jurídica del marco reglamentario europeo aplicable a los mercados de valores mobiliarios, de detectar las incertidumbres jurídicas que dificultan el buen funcionamiento de estos mercados desde el punto de vista de sus usuarios y de la comunidad de actores organizados y elaborará recomendaciones para evitar las mismas. Además, el grupo de expertos ayudará a la Comisión Europea a realizar informes sobre la aplicación de las diferentes disposiciones de la Directiva sobre los Mercados de Instrumentos Financieros, de la Directiva sobre Prospectos, de la Directiva sobre el abuso de mercado y de la Directiva sobre Transparencia. Asimismo, analizará el impacto de económico de las mismas. La creación del grupo de expertos constituye un elemento esencial del programa “Legislar mejor”, en lo que se refiere a los instrumentos financieros.

Mercado europeo de financiación del crédito hipotecario
La DG de Mercado Interior y Servicios de la Comisión Europea ha seleccionado un grupo de expertos que se encargará de examinar los obstáculos que impiden las actividades transfronterizas sobre los mercados de financiación del crédito hipotecario y de proponer soluciones que permitan facilitar la integración. El grupo de expertos se reunirá varias veces en 2006 y establecerá un informe de sus conclusiones.

Código de conducta documentación precios de transferencia
El Consejo de la UE ha aprobado la Resolución del Consejo relativa a un Código de conducta sobre la documentación relacionada con los precios de transferencia exigida de las empresas asociadas en la UE, con el objetivo de simplificar las condiciones relativas a los precios de transferencia para las actividades transfronterizas. En dicha resolución el Consejo reconoce que un tratamiento común en la UE con respecto a los requisitos de documentación es beneficioso tanto para los contribuyentes, ya que se reducen los costes de cumplimiento y el riesgo de sanciones relacionadas con la documentación, como para las Administraciones tributarias, debido a una mayor transparencia y coherencia. Asimismo, subraya que el Código de Conducta constituye un compromiso político y no afecta a los derechos y obligaciones de los Estados miembros ni a los ámbitos de competencia respectivos de los Estados miembros y de la Comunidad resultantes del Tratado.

Procedimiento de infracción contra España
La DG de Mercado Interior y Servicios de la Comisión Europea ha enviado a España un dictamen motivado, segunda fase del procedimiento de infracción, a causa de las restricciones legislativas en lo que respecta al establecimiento de farmacias, contrarias a la libertad de establecimiento y a la libre circulación de capitales. Las restricciones que han provocado el procedimiento de infracción son las normas de planificación territorial; los criterios utilizados en los procedimientos de concesión de autorizaciones administrativas, ya que tienen un carácter discriminatorio, y las normas de propiedad, excesivas respecto al requisito legítimo de garantizar que las relaciones entre los pacientes y la farmacia corran a cargo exclusivamente de profesionales cualificados en farmacia, ya que el cumplimiento de dicho requisito no requiere restricciones en cuanto a la propiedad o la acumulación de propiedad de las farmacias.

Mejora legislación UE para fondos de inversión
La DG de Mercado Interior y Servicios de la Comisión Europea ha publicado tres informes sectoriales que analizan los principales desafíos a los que deben hacer frente diferentes segmentos del sector europeo de los fondos de inversión. En primer lugar, en el informe sobre la eficacia del mercado de los fondos de inversión, se sugiere a la UE la realización de mejoras y modificaciones en relación a la Directiva sobre determinados organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM). Asimismo, un informe sobre los fondos especulativos señala la necesidad de suprimir los obstáculos a la inversión institucional en dichos fondos y a la prestación de servicios de apoyo tranfronterizos esenciales para los gestores de fondos especulativos. Por último, en el informe de los fondos de capital e inversión se invita a los Estados miembros a utilizar de manera eficaz los instrumentos fiscales y reglamentarios necesarios para propiciar estos fondos. Estos informes se debatirán con los Estados miembros y los organismos de regulación durante la celebración de una audiencia pública que tendrá lugar el día 19 de julio de 2006 en Bruselas.

Denuncia contra España por legislación de matrices y filiales
La Comisión Europea ha enviado a España un dictamen motivado, segunda fase del procedimiento de infracción, por considerar su legislación sobre matrices y filiales contraria a Derecho comunitario. La Directiva 90/435/CEE sobre matrices y filiales obliga a los Estados miembros a eximir de la retención en el origen a los beneficios distribuidos por una sociedad filial a la sociedad matriz de otro Estado miembro. Sin embargo, con arreglo a la legislación española, se aplica una retención en origen a los dividendos distribuidos por una filial española a una sociedad matriz de otro Estado miembro si ésta es propiedad de una sociedad de un país tercero, incluso cuando la sociedad matriz cumple las condiciones de la Directiva sobre matrices y filiales. Si España no modifica su legislación en el plazo de dos meses, la Comisión podrá denunciarle ante el TJCE.

España ante TJCE por legislación impuesto aportaciones capital
La Comisión Europea ha decidido denunciar a España ante el TJCE en relación con diversas vulneraciones de la Directiva relativa al impuesto sobre las aportaciones de capital. España no ha modificado su legislación a pesar del requerimiento oficial realizado a tal efecto por la Comisión el 13 de julio de 2005. La Directiva relativa al impuesto sobre las aportaciones de capital establece normas destinadas a facilitar la reorganización de sociedades y el traslado de sus sedes. Por otra parte, le ha enviado un requerimiento oficial para que modifique la forma en que se aplican las tasas de inscripción de los aumentos de capital en el registro mercantil. La Comisión considera que dichos gastos no se ajustan a la Directiva relativa al impuesto sobre las aportaciones de capital, ya que no se calculan sobre la base del coste del servicio prestado.

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LICITACIONES Energía inteligente para Europa
Se ha publicado en DOUE (C/130, 03-06-2006), una convocatoria de propuestas para el programa de trabajo de 2006 «Energía Inteligente para Europa»,a través de la Agencia Ejecutiva Energía Inteligente para Europa (IEEA) con el objetivo de apoyar las políticas de la Unión Europea en el campo del desarrollo sostenible de la energía. El plazo de la convocatoria finaliza el 31 de octubre de 2006 para todas las acciones.

Convocatoria de propuestas programa Atlantis
Se ha publicado en el DOUE (C 128/12, 01-06-2006), un aviso de publicación de una convocatoria de propuestas en Internet (DG EAC/36/2006 ) para la cooperación en educación superior y formación profesional entre la UE y los EEUU en el marco del programa ATLANTIS (Actions for Transatlantic Links and Academic Networks in Training and Integrated Studies) cuyo objetivo es fomentar un mejor entendimiento y una mayor interacción entre los pueblos de los Estados miembros de la UE y de los EEUU., incluido un conocimiento más amplio de sus lenguas, culturas e instituciones, y mejorar la calidad de la educación superior y de la formación y educación profesional en los mismos, todo ello a través de becas de movilidad para estudiantes y personal docente y de proyectos y actividades multilaterales entre la UE y EEUU. Podrán presentar solicitudes de financiación las instituciones de educación superior y de formación y educación profesional y organismos u organizaciones de enseñanza, empresas privadas, grupos industriales o empresariales, organizaciones no gubernamentales, institutos de investigación y organismos profesionales establecidos en uno de los 25 países de la Unión Europea. El plazo de presentación de las solicitudes a la Comisión finalizará el 7 de julio de 2006.

Calidad en educación y formación profesionales
Se ha publicado en el DOUE (C 144/13, 20-06-2006), la convocatoria de propuestas DG EAC 32/06 para la concesión de ayudas para el desarrollo y la coordinación de proyectos prácticos que fomenten la utilización del marco común de aseguramiento de la calidad en educación y formación profesionales. El principal objetivo de la presente convocatoria consiste en fomentar la utilización del marco común de aseguramiento de la calidad y la creación de asociaciones transnacionales sólidas y sostenibles en y entre los países. El plazo de envío de las solicitudes a la Comisión finaliza el 16 de agosto de 2006.

Sistemas créditos en la enseñanza y la formación profesionales
Se ha publicado en el DOUE (C144/14,20-06-2006), la convocatoria de propuestas DG EAC 33/06 para la concesión de subvenciones para la promoción y la coordinación de proyectos de desarrollo de los sistemas de créditos en la enseñanza y la formación profesionales (ECVET). El objetivo de esta convocatoria es conceder subvenciones a unas diez propuestas relativas a la organización de actividades para la creación o el fortalecimiento de asociaciones, consorcios o plataformas comunes y acciones experimentales destinadas a apoyar la cooperación transnacional a fin de llevar a la práctica el sistema ECVET en beneficio de diversos públicos. Las solicitudes deberán enviarse a la Comisión el 16 de agosto del 2006 como muy tarde.

Convocatoria propuestas. Subvenciones energía y transportes
Se ha publicado en el DOUE (C145/06,21-06-2006), la convocatoria de propuestas SUB 02-2006 para la obtención de subvenciones para proyectos dirigidos a promover los objetivos de la política de energía y transportes. Igualmente, se ha publicado en el DOUE (C147/07,23-06-2006), la convocatoria de propuestas SUB 01 2006 para la obtención de subvenciones para la realización de varias conferencias dirigidas a promover la política de energía y transportes y, en especial, las prioridades políticas fijadas en el programa de trabajo de 2006. El plazo para el envío de solicitudes en ambos casos finaliza el 16 de agosto de 2006.

Convocatoria de propuestas programa Argo 2006
Se ha publicado en el DOUE (C-156/9, 5-7-2006), la convocatoria de propuestas ARGO 2006, que tiene como objetivo apoyar la cooperación administrativa en el ámbito de las políticas de asilo, inmigración y cruce de las fronteras exteriores. Las acciones financiadas incluyen formación, intercambio de personal, o la creación de puntos de información y páginas de Internet. El plazo para la presentación de propuestas finaliza el día 4 de septiembre de 2006.

Acción preparatoria en favor de víctimas de actos terroristas
La Comisión Europea ha publicado la convocatoria de propuestas “Acción preparatoria en favor de las víctimas de actos terroristas (2006)”. Uno de los objetivos de esta convocatoria es mejorar, de preferencia en el ámbito comunitario, el asesoramiento jurídico a las víctimas y a sus familiares (incluido el acceso a la información sobre la posibilidad de solicitar una indemnización). Asimismo, se financian acciones de cooperación, formación o difusión de mejores prácticas entre profesionales u organizaciones de ayuda a las víctimas. El proyecto debe incluir al menos a tres Estados miembros. El plazo para la presentación de propuestas finaliza el 5 de septiembre de 2006. Más información en la siguiente página de Internet http://ec.europa.eu/justice_home/funding/victims_terrorism/funding_victims_terrorism_en.htm

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JURISPRUDENCIA Marca comunitaria
El Tribunal de Primera de Instancia de las Comunidades Europeas (Sala Tercera) ha dictado Sentencia de 31 de mayo de 2006 en el asunto T-15/05(Wim De Waele/Ofici)na de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) (OAMI)), en virtud un recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI, relativa al registro como marca comunitaria de un signo tridimensional constituido por la forma de una salchicha. El demandante presentó una solicitud de marca comunitaria ante la OAMI, cuyo registro consistía en la forma de una salchicha. Mediante resolución el examinador desestimó parcialmente la solicitud. El demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia la revocación y anulación parcial de la resolución impugnada. El TPI considera que el aspecto torneado de la marca solicitada es sólo ligeramente más acentuado que el de otros productos de charcutería y, dado que las demás características no son en absoluto inhabituales, no basta para dar a la forma del continente en cuestión un aspecto global suficientemente específico que permita al consumidor percibir dicha forma sin ambigüedad como una indicación del origen de los productos de que se trate aun cuando no existan formas idénticas, no permitirá al público interesado distinguir, sin efectuar un análisis o una comparación y sin dedicar una atención muy especial, la charcutería envasada por éste de las de otras empresas. Por todo lo anterior, el TPI decide desestimar el recurso y condenar en costas al demandante.

Derecho reagrupación familiar nacionales de terceros países
El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (Gran Sala), ha dictado sentencia de 27 de junio de 2006 en el asunto C-540/03(Parlamento Europeo/Consejo de la Unión Europea), que tiene por objeto la anulación del artículo 4, apartados 1, último párrafo, y 6, y del artículo 8 de la Directiva 2003/86/CE del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre el derecho a la reagrupación familiar. El Parlamento afirma que las disposiciones impugnadas no respetan los derechos fundamentales, especialmente el derecho a la vida familiar y el derecho a la no discriminación, tal y como se garantizan en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, firmado en Roma el 4 de noviembre de 1950. El Consejo señala, por el contrario, que la Directiva deja a los Estados miembros un margen de maniobra que les permite mantener o adoptar disposiciones nacionales compatibles con el respeto de los derechos fundamentales. El TJCE ha decidido desestimar el recurso ya que no cabe afirmar que la Directiva menoscabe el derecho fundamental del respeto de la vida familiar, la obligación de tener en cuenta el interés mejor del menor o el principio de no discriminación por razón de la edad, ni como tal ni por autorizar expresa o tácitamente a los Estados miembros a obrar en ese sentido.

TJCE anula decisión comisión supresión régimen fiscal Bélgica
El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (Sala Segunda) ha dictado sentencia de 22 de junio de 2006, en los asuntos acumulados C-182/03 y C-217/03 (Reino de Bélgica y Forum 187 asbl/Comisión de las Comunidades Europeas) que tiene por objeto la anulación de la Decisión 2003/757/CE de la Comisión, de 17 de febrero de 2003, relativa al régimen de ayudas ejecutado por Bélgica en favor de los centros de coordinación allí establecidos. Bélgica estableció un régimen fiscal ventajoso, excepcional al Derecho común, por lo que respecta a los centros de coordinación. La posibilidad de beneficiarse de dicho régimen está supeditada a la autorización previa e individual del centro, para la cual debe formar parte de un grupo multinacional y cumplir determinados requisitos relativos a su capital, sus reservas y su volumen de negocios. Este régimen fiscal de los centros de coordinación fue examinado por la Comisión que consideró que dicho régimen no contenía ningún elemento de ayuda de Estado por lo que adoptó una decisión en la que obliga a Bélgica a suprimir el régimen fiscal de los centros de coordinación o a modificarlo a fin de hacerlo compatible con el mercado común. En cuanto a los centros ya autorizados antes del 31 de diciembre de 2000, el régimen podría mantenerse hasta el final del plazo de la autorización individual vigente en la fecha de la notificación de la presente Decisión, y como máximo hasta el 31 de diciembre de 2010. Bélgica y asbl Forum 187, un órgano que representa a los centros de coordinación en Bélgica, solicitan al TJCE la anulación de la Decisión de la Comisión invocando la infracción del artículo 88CE, la vulneración de los principios de la protección de la confianza legítima y de igualdad así como en falta de motivación. El TJCE considera que la Decisión conduce a tratar de manera diferente a centros de coordinación. Al no adoptar medidas transitorias por lo que respecta a los centros de coordinación cuya autorización expiraba, la Comisión ha vulnerado el principio general de igualdad. Por ello, el TJCE anula la Decisión de la Comisión en la medida en que no prevé medidas transitorias.

Abogado General. Registro solvencia no contrario competencia
El Abogado General del TJCE ha presentado sus conclusiones en el asunto C-238/05 (ASNEF-EQUIFAX, Servicios de Información sobre Solvencia y Crédito, S.L., y Administración del Estado contra Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (AUSBANC)) señalando que el Tratado CE debe interpretarse en el sentido de que un acuerdo de intercambio de información entre entidades financieras, sobre la situación de solvencia y morosidad de sus clientes que establece condiciones no discriminatorias en materia de acceso al sistema y de su utilización por los operadores activos en el mercado de crédito, no restringe, en principio, la competencia. El asunto plantea dos cuestiones, 1° dilucidar si un Registro de este tipo entra dentro del ámbito de aplicación del artículo 81 CE y, 2° en su caso, si puede ser autorizado por las autoridades de un Estado miembro en virtud de dicho artículo. Para el Abogado General, mientras todos los operadores determinen de manera autónoma la política que se propongan seguir en el mercado común y las condiciones que tengan intención de reservar a sus clientes, el establecimiento de un registro como el previsto en el presente caso no planteará problemas desde el punto de vista del Derecho de la competencia. Asimismo, añade, los eventuales problemas relativos a la sensibilidad de los datos de carácter personal pueden resolverse mediante otros instrumentos como la legislación en materia de protección de datos. Precisa que, de una manera u otra, es necesario comunicar a los deudores que están registrados y concederles el derecho de verificar y, en su caso, de hacer que se corrijan. Este punto, precisa, parece resuelto, teniendo en cuenta la legislación española relativa al mismo. Por último, para el Abogado General importa que la incidencia global sobre los consumidores sea beneficiosa.

El TJCE ha dictado sentencia de 4 de julio de 2006 en el asunto C-212/04(Konstantinos Adeneler y otros/Ellinikos Organismos Galaktos (ELOG), interpretando el acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada y consolidando la protección de los trabajadores. El TJCE establece en la sentencia que la utilización de contratos de trabajo de duración determinada sucesivos debe ajustarse a unos requisitos estrictos, incluso en el sector público. El origen de la sentencia es una petición de decisión prejudicial que tiene por objeto la interpretación de la Directiva 1999/70/CE, relativa al Acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada. El TJCE considera que el Acuerdo marco impide aplicar una normativa nacional que, sólo en el sector público, prohíbe absolutamente transformar en contrato de trabajo por tiempo indefinido una sucesión de contratos de duración determinada que han tenido por objeto, de hecho, hacer frente a necesidades permanentes y duraderas del empleador y deben considerarse abusivos, siempre y cuando el ordenamiento jurídico interno del Estado miembro no contenga ninguna medida efectiva para evitar y sancionar, en su caso, la utilización abusiva de sucesivos contratos de duración determinada. El TJCE precisa que no respeta la finalidad protectora del Acuerdo marco una utilización sucesiva de contratos de trabajo de duración determinada cuya única justificación radique en haber sido establecida por una disposición legal o reglamentaria general de un Estado miembro. Así pues, el concepto de «razones objetivas» requiere que existan factores concretos, derivados principalmente de la actividad de que se trate y de las condiciones en que ésta se desarrolla. El TJCE ha declarado que en el supuesto de adaptación tardía del ordenamiento jurídico de un Estado miembro a una directiva cuyas disposiciones pertinentes carecen de efecto directo, los tribunales nacionales están obligados a interpretar su Derecho interno en la medida de lo posible a la luz de la letra y de la finalidad de la directiva.

Concepto de discapacidad en la legislación comunitaria
El TJCE ha dictado sentencia en el asunto C-13/05 (Sonia Chacón Navas contra Eurest Colectividades, S.A.), pronunciándose por primera vez sobre el concepto de discapacidad a efectos de la Directiva sobre igualdad de trato en el empleo y la ocupación. El TJCE especifica en su sentencia las modalidades de protección de las personas discapacitadas en materia de despido. Para el TJCE, una persona que ha sido despedida por su empresario exclusivamente a causa de una enfermedad no está incluida en el marco general establecido por la Directiva para luchar contra la discriminación por motivos de discapacidad. Asimismo, por lo que respecta a la protección de las personas discapacitadas en materia de despido, el TJCE declara que la Directiva se opone a un despido por motivos de discapacidad que, habida cuenta de la obligación de realizar los ajustes razonables para las personas con discapacidad, no se justifique por el hecho de que la persona en cuestión no sea competente o no esté capacitada o disponible para desempeñar las tareas fundamentales del puesto de que se trate. Por último, el TJCE estima que la enfermedad en cuanto tal no puede considerarse un motivo que venga a añadirse a aquellos otros motivos en relación con los cuales la Directiva prohíbe toda discriminación.

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ENLACES Consejo General de la Abogacía Española
http://www.cgae.es

Portal genérico
Europa: http://europa.eu.int/index-es.htm

Principales instituciones
Parlamento Europeo: http://www.europarl.eu.int/home/default_es.htm
Comisión Europea: http://europa.eu.int/comm/index_es.htm
Oficina de Representación en España: http://europa.eu.int/spain/organizacion/index.htm
Consejo de la UE: http://ue.eu.int/es/summ.htm
Comité Económico y Social: http://www.ces.eu.int/
Tribunal de Justicia de las Comunidades: http://curia.eu.int/es/index.htm
Defensor del Pueblo Europeo: http://www.euro-ombudsman.eu.int/
Tribunal de Cuentas Europeo http://www.eca.eu.int/
Comité de las Regiones: http://www.cor.eu.int/es/index.html
Banco Europeo de Inversiones http://www.bei.org/
Banco Central Europeo http://www.ecb.int/

Servicios sobre Derecho Comunitario
EURLEX: http://europa.eu.int/eur-lex/es/index.html
Oficina de Publicaciones Oficiales de la Comunidad Europea: http://eudor.eur-op.eu.int
CELEX http://europa.eu.int/celex
DOCE: http://europa.eu.int/eur-lex/es/oj/index.html
SCAD PLUS: http://europa.eu.int/scadplus/scad_es.htm
Tratados Consolidados: http://europa.eu.int/abc/obj/treaties/es/estoc.htm
IDEA, Anuario Electrónico de las Instituciones de la U.E.: http://158.169.50.70/idea/es/index.htm

Información sobre licitaciones públicas:
General: http://publications.eu.int/general/es/index_es.htm
Diario Oficial Serie S (recomienda utilizar Netscape): http://ted.eur-op.eu.int/static/home/es/homepage.ini

Otras organizaciones profesionales europeas:
Consejo de Colegios de la Unión Europea (CCBE): http://www.ccbe.org
Federación de Colegios de Abogados de Europa (FBE): http://www.fbe.org/

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