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El
nuevo estatuto de los funcionarios entrará en vigor en 2007
El ministro de Administraciones Públicas,
Jordi Sevilla, logró ayer alcanzar un preacuerdo con los
sindicatos que dará luz verde al Estatuto Básico del
Empleado Público, unas condiciones homogéneas para
todas las administraciones. El texto, que persigue la modernización
de la función pública, será enviado al Parlamento
antes del verano con el fin de que entre en vigor en el 2007.
El Estatuto Básico del Empleado Público llevaba estancado
dos décadas. El nuevo texto. que será firmado oficialmente
con las centrales el próximo 12 de junio, es respetuoso con
las competencias de las comunidades autónomas y supone una
reforma de las normas que rigen para los empleados públicos
(muchas de ellas vigentes desde hace más de 50 años),
para acercarlas a las necesidades del siglo XXI, explicó
Sevilla.
Las tareas de los funcionarios se establecerán en virtud
de una filosofía basada en el mérito, la capacidad
y la experiencia. Las tareas dependerán de unos objetivos
que deberán ser transparentes y negociados previamente con
los representantes de los trabajadores. Los sistemas de evaluación,
tanto en los procesos de selección como en los de control
de las tareas encomendadas, aún están por pactar.
Todas las administraciones deberán iniciar un proceso de
regularización de los interinos con antigüedad anterior
al 1 de enero del 2005. Las que no lo hagan, serán penalizadas.
Arriba
Hacienda
prevé una rebaja del Impuesto de Sociedades en un máximo
de tres años
El Ministerio de Economía prevé
en un plazo máximo de tres años poder aplicar a las
grandes empresas una rebaja al 30% del tipo general del Impuesto
de Sociedades. El motivo fundamental sería que Hacienda dispone
de margen suficiente, a la vista del excelente comportamiento de
los ingresos tributarios, para afrontar la prevista reducción
de los tipos en 2007, algo a lo que Economía ya se ha comprometido
en firme para las pequeñas y medianas empresas (pymes). El
ministro Solbes calculó ayer que la rebaja del tipo de Sociedades
al 25% para las pymes a partir de enero de 2007 tendrá un
coste para las arcas de Hacienda de 1.200 millones de euros.
El vicepresidente económico dejó claro ayer que la
reforma del Impuesto de Sociedades que ahora se tramita no agota
la necesidad de unos cambios "más profundos a medio
plazo" en esta figura impositiva. Estos derivarán de
la incorporación de las normas internacionales de contabilidad,
lo que hará inevitable adaptar la base imponible del Impuesto.
Arriba
El CGAE pide a Hacienda que las cuotas colegiales sean tratadas
igual que las sindicales
El Consejo General de la Abogacía
Española (CGAE) ha pedido al Ministerio de Hacienda que modifique
el tratamiento que reciben las cuotas colegiales pagadas por los
abogados en el anteproyecto de Ley de reforma del Impuesto de la
Renta de las Personas Físicas (IRPF) para 2006, al considerarlo
"claramente discriminatorio" frente a las cuotas sindicales.
Por ello, el CGAE reclama "un trato similar" y "no
sensiblemente peor".
El CGAE precisa en un comunicado que las cuotas colegiales constituyen
"una carga obligatoria" para el desarrollo del trabajo
de los letrados y son "imprescindibles" para la obtención
de sus rendimientos laborales, sujetos a gravamen del IRPF. En contraposición,
señala que las cuotas sindicales son de adscripción
voluntaria.
En concreto, el CGAE pide que se reforme el artículo 19
del anteproyecto, cuyo primer párrafo define los "rendimientos
netos del trabajo" y el segundo establece la lista cerrada
de los gastos que tienen la consideración de deducibles,
incluyéndose entre ellos "las cuotas satisfechas a sindicatos
y colegios profesionales cuando la colegiación tenga carácter
obligatorio, en la parte que corresponda a los fines esenciales
de estas instituciones, y con el límite que reglamentariamente
se establezca".
Pese a indicar que el artículo presenta en plano de igualdad
las cuotas a sindicatos y a Colegios Profesionales, el CGAE puntualiza
que "los requisitos posteriores para éstos últimos
no pueden ser más discriminatorios sin que existan razones
objetivas". Además, destaca que la cuota colegial constituye
en la mayoría de los casos "el único medio de
financiación" de los Colegios y "un requisito indispensable
para el ejercicio profesional".
Los abogados critican que se limite la parte deducible de las cuotas
colegiales que "corresponda a los fines esenciales de estas
instituciones", cuando, según el CGAE, "los Colegios
tienen fines esenciales y no esenciales y no se sabe, además,
quién definirá cuáles pueden ser unos y otros".
Finalmente, reclama la desaparición de la frase "cuando
la colegiación tenga carácter obligatorio, en la parte
que corresponda a los fines esenciales de estas instituciones, y
con el límite que reglamentariamente se establezca".
Arriba
El
CGPJ solicita al Gobierno que concrete la Ley de Igualdad
El Pleno del Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ) ha aprobado por unanimidad un informe en el que
solicita al Gobierno que defina mejor los conceptos de participación
y presencia equilibrada que introduce en el anteproyecto de Ley
de Igualdad. Este dictamen ha sido realizado por el vocal del sector
conservador José Luis Requero y fue aprobado la semana pasada
por la Comisión de Estudios e Informes del Consejo, que lo
elevó al Pleno para su aprobación definitiva.
El informe señala que, mientras el principio de representación
o composición equilibrada es definido en la Disposición
Adicional Primera del anteproyecto, los de participación
equilibrada y presencia equilibrada, "carecen de una mayor
precisión, lo que dificulta notablemente su interpretación
y aplicación".
A juicio del Consejo esta inconcreción suscita dudas de
si los tres términos utilizados a lo largo de la futura norma
son sinónimos, por responder al mismo principio o, por el
contrario, tienen implicaciones y un grado de eficacia diferentes.
Esta confusión condiciona su "exigibilidad", ya
que "el anteproyecto parece dotar a estos dos últimos
principios de una naturaleza programática, cuya exigibilidad
resultaría de más difícil concreción".
El texto también hace referencia a las cláusulas
de preferencia que las Administraciones Públicas podrán
introducir en los contratos públicos con aquellas empresas
que garanticen una composición equilibrada entre hombres
y mujeres en los Consejos de Administración, con un mínimo
anual de 10 por ciento.
Para el CGPJ la cuestión es que esa composición equilibrada
se instrumentalice para lograr la adjudicación de un contrato
público, lo que podría perjudicar al interés
público, al principio de concurrencia en régimen de
igualdad y, en último extremo, a la dignidad de las mujeres.
Finalmente considera que el texto no plantea duda alguna de constitucionalidad
y recomienda incorporar a su enunciado el calificativo de "integral"
al entender que se trata de un "código del derecho a
la igualdad de trato y oportunidades por razón de sexo".
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